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Proyecto de Decreto, "por el cual se modifica el Decreto 1100 de 2020".

Fecha de Fin de Comentarios Públicos25 Enero 2023
Fecha de publicación10 Enero 2023
Año2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos11 Enero 2023
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
TURISMO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO DE 2023
"Por el cual se modifica el Decreto 1100 de 2020"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales
11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7 de
1991, 1609 de 2013 y 1841 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que en uso de las facultades establecidas en el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,
el Gobierno nacional suscribió el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y el
Estado de Israel, el 30 de septiembre de 2013.
Que el Congreso de la República de Colombia aprobó, mediante la Ley 1841 del 12 de julio de 2017,
el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y el Estado de Israel, hecho en
Jerusalén, Israel, el 30 de septiembre de 2013 y el Canje de Notas entre la República de Colombia y
el Estado de Israel, por medio de la cual se corrigen errores técnicos del Tratado de Libre Comercio
entre la República de Colombia y el Estado de Israel, efectuado 13 de noviembre de 2015.
Que la Corte Constitucional declaró exequible tanto la ley aprobatoria como el Tratado, mediante
Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1100 de 2020 con el fin de implementar el Tratado, el
cual entró en vigor el 11 de agosto de 2020.
Que, con el fin de aclarar y corregir algunas inconsistencias detectadas en el Decreto 1100 de 2020,
se hace necesario modificar algunas de sus disposiciones para ajustarlo a los compromisos
adquiridos en el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y el Estado de Israel.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1. Eliminar las siguientes subpartidas del Capítulo 2 “Cronograma de eliminación de
aranceles para bienes industriales” Sección B “Lista de desgravación inmediata para bienes
industriales” del Decreto 1100 de 2020 debido a que no fueron objeto de negociación:
Subpartida
3501.90.10.00
3501.90.90.00
3502.11.00.00
3502.19.00.00
3502.90.10.00
3502.90.90.00
3823.11.00.00
3823.12.00.00
3823.13.00.00
3824.60.00.00
9801.10.00.00
9801.90.00.00

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