Proyecto de decreto Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con Discapacidad, 2021 - Proyectos Normativos de la Presidencia de la República - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 876580772

Proyecto de decreto Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con Discapacidad, 2021

Año2021
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Agosto 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos16 Agosto 2021
PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA
DECRETO NÚMERO DE 2021
( )
Por el cual se crea el Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas
con Discapacidad y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, de las conferidas por
el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2 de la Ley 1955 de
2019, en concordancia con el artículo 3 numeral 13 de la misma disposición, Pacto por la
Inclusión de todas las personas con discapacidad, contenido en las Bases del Plan Nacional
de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, pacto por la equidad.
CONSIDERANDO
Que el artículo 2 de la Ley 1955 de 2019, Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2018-2022. Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, establece que el documento
denominado "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018 -2022: Pacto por Colombia, pacto
por la equidad", es parte integral del Plan Nacional de Desarrollo, y se incorpora a la citada
Ley como un anexo.
Que el documento de las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por
Colombia, pacto por la equidad, contempla como una de las estrategias del “Pacto por la
inclusión de todas las personas con discapacidad que el Gobierno nacional creará el
Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con Discapacidad, el
cual será administrado por la Consejería Presidencial para la Participación de las Personas
con Discapacidad.
Que el observatorio tendrá como fin hacer seguimiento, análisis e investigación a la política
pública de discapacidad y lograr unificar en él una fuente robusta y consolidada de la
caracterización e identificación de la población con discapacidad, que permita la recopilación
sistemática de información, la cual estará al servicio de las personas con discapacidad, de la
ciudadanía en general, de las entidades públicas, la academia, el sector privado y demás
actores interesados en el tema.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 1784de 2019, Por el cual
se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
la Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad tiene entre
otras funciones; (i) ser el ente rector del Sistema Nacional de Discapacidad - SND, y (ii)
coordinar y articular acciones para el establecimiento de un sistema de monitoreo,
seguimiento y evaluación a la inclusión social de personas con discapacidad y la
implementación del Observatorio Nacional de Inclusión Social y Productiva para Personas con
de Discapacidad.
En mérito de lo expuesto,

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