Proyecto de Decreto. Plazos Departamentos Cauca y Nariño - Proyectos de Decreto, Resoluciones y Circulares del Ministerio Hacienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 923223970

Proyecto de Decreto. Plazos Departamentos Cauca y Nariño

Fecha de Fin de Comentarios Públicos18 Febrero 2023
Fecha de publicación15 Febrero 2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos15 Febrero 2023
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO DE 2023
( )
Por el cual se adiciona el parágrafo 7 al artículo 1.6.1.13.2.33. de la Sección 2 del Capítulo
13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en
Materia Tributaria.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren
los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los
artículos 579 y 811 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia
Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el
sector y contar con instrumentos jurídicos únicos.
Que mediante el Decreto 2487 de 2022, se sustituyeron unos artículos de la Sección 2 del
Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único
Reglamentario en Materia Tributaria, para establecer los plazos para declarar y pagar en el
año 2023, entre otros aspectos.
Que el mencionado Decretó en el artículo 1.6.1.13.2.33. señaló los plazos para que los
agentes de retención del impuesto sobre la renta y complementario y/o impuesto de timbre,
y/o impuesto sobre las ventas -IVA, así como los autorretenedores del impuesto sobre la
renta y complementario de que trata el artículo 1.2.6.6. de este Decreto, presenten y paguen
las retenciones en cada uno de los meses del año 2023.
Que el día 9 de enero de 2023 se presentó un derrumbe de grandes magnitudes a la altura
del kilómetro 75 del municipio de Rosas en el departamento del Cauca que causó el cierre
de la carretera Panamericana. Esta situación generó el aislamiento de los departamentos
de Cauca y Nariño por vía terrestre lo que, a su turno, ha afectado el normal desarrollo
económico de dichos departamentos.
Que por lo mencionado es necesario modificar los plazos de presentación y pago de las
declaraciones de retención y autorretención en la fuente para los contribuyentes
domiciliados en los departamentos de Cauca y Nariño y ayudar a la recuperación
económica de la región.
Que por lo anterior, se adiciona el parágrafo 7 al artículo 1.6.1.13.2.33 de la Sección 2 del
Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

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