Proyecto de Decreto, “por el cual se prorroga el término de vigencia de las medidas adoptadas en el Decreto 1371 de 2020 y se dictan otras disposiciones”. - Proyectos Normativos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 891293917

Proyecto de Decreto, “por el cual se prorroga el término de vigencia de las medidas adoptadas en el Decreto 1371 de 2020 y se dictan otras disposiciones”.

Fecha de publicación03 Febrero 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos18 Febrero 2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos04 Febrero 2022
Año2022
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO DE 2022
Por el cual se prorroga el término de vigencia de las medidas adoptadas en el Decreto
1371 de 2020 y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en
los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de las
Leyes 7 de 1991 y 1609 de 2013, los Decretos 444 de 1967 y 631 de 1985, en el marco de
la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, y
CONSIDERANDO
Que en el marco de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 7 de 1991, el
Gobierno Nacional podrá adoptar transitoriamente mecanismos que permitan a la economía
colombiana superar coyunturas externas o internas adversas al interés comercial del país.
Que en virtud de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 7 de 1991 " ... el Gobierno Nacional
podrá establecer sistemas especiales de importación-exportación, en los cuales se autorice
la exención o devolución de los derechos de importación de materias primas, insumos,
servicios, maquinaria, equipo, repuestos y tecnología destinados a la producción de bienes,
tecnología y servicios que sean exportados y en todo caso, a estimular un valor agregado
nacional a los bienes que se importen con destino a incrementar las exportaciones ... ".
Que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud - OMS declaró al
Coronavirus COVID-19 como pandemia por la velocidad de su propagación, instando a los
Estados a tomar las acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación,
aislamiento y monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así
como la divulgación de las medidas preventivas con el fin de redundar en la mitigación del
contagio.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1753 de 2015, mediante
Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social declaró
el estado de Emergencia Sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 en todo el territorio
nacional hasta el 30 de mayo de 2020 y, en virtud de esta, adoptó una serie de medidas con
el objeto de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 y mitigar sus
efectos.
Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada por las Resoluciones 844 del 26 de mayo,
1462 del 25 de agosto y 2230 del 25 de noviembre de 2020 y 222 del 25 de febrero, 738 del
26 de mayo, 1315 del 27 de agosto y por 1913 del 25 de noviembre de 2021 hasta el 28 de
febrero de 2022, todas del Ministerio de Salud y Protección Social.
Que la crisis sanitaria global, las medidas de aislamiento y las demás restricciones derivadas
de la pandemia del coronavirus COVID-19 han afectado de manera severa la actividad

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