Proyecto de Ley 145 de 2015 Senado - 26 de Marzo de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 563192002

Proyecto de Ley 145 de 2015 Senado

por la cual se modifica el Decreto número 522 de 1971, Código Nacional de Policía, se crea la Contravención Especial de Acto Sexual Abusivo en Transporte Público y se dictan otras disposiciones. El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Objeto. La presente ley tiene por objeto la inclusión en el Código Nacional de Policía, la contravención especial de abuso Sexual en Transporte Público, como una conducta que afecta gravemente la convivencia, los derechos sexuales y la integridad de los ciudadanos, así como el uso adecuado de los espacios y medios destinados al transporte público.

Artículo 2º. Para todos los efectos de la presente ley se crea la contravención especial de abuso sexual en transporte público.

Contravención Especial de Abuso Sexual en Transporte Público. El que aprovechándose de las circunstancias propias de acceso, congestión y utilización de los medios de transporte público, realice tocamientos inesperados en partes íntimas de cuerpo de una persona, sin su consentimiento, o realice actos obscenos, o atente por cualquier medio en contra de los derechos sexuales y/o la integridad moral de otra persona, incurrirá en arresto de tres (3) a nueve (9) meses y multa de uno (1) a (6) SMLV. Sin perjuicio de las indemnizaciones a que haya lugar por estas conductas con destino a las víctimas.

Artículo 3º. Circunstancias de Agravación Punitiva. La pena establecida para la contravención especial descrita en el artículo anterior se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando:

1. La conducta se cometiere en concurso con otras personas.

2. Quien la realizara tenga como el fin el contagio de enfermedad de transmisión sexual.

3. Se realice sobre persona menor de 14 años.

4. Cuando la víctima fuere una persona disminuida física, sensorial, o psíquica.

Artículo 4º. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En atención al articulado puesto en consideración de los honorables Senadores me permito a continuación exponer los siguientes argumentos:

OBJETO DEL PROYECTO

El presente proyecto propone la creación de la Contravención especial de abuso sexual en transporte público en el Código Nacional de Policía, Decreto número 522 de 1971.

En la actualidad nuestra sociedad está enfrentando un deterioro significativo de los comportamientos de las personas en lugares públicos, no solo por la inseguridad que azota nuestras ciudades, sino la violencia y falta de tolerancia, con la que habitualmente se tratan los ciudadanos entre sí, en estos espacios de convivencia común.

Adicionalmente se están presentando en forma constante, otro tipo de conductas o agresiones de índole sexual, las cuales ponen en situación de desprotección y riesgo, de manera especial a las miles de mujeres que a diario tiene que usar los medios de transporte público en Colombia, para desplazarse a sus lugares de trabajo o para la realización de sus actividades.

El presente proyecto de ley tiene como objetivo principal responder a este fenómeno, que se ha venido incrementando de manera exponencial en los espacios y vehículos destinados al transporte público en nuestro país.

Algunos ciudadanos inescrupulosos se aprovechan de las condiciones de congestión del sistema de transporte público para realiz ar conductas que atentan contra la libertad sexual de las otras personas y contra su integridad, tales conductas se concretan en ¿tocamientos inesperados en partes íntimas del cuerpo de las persona, sin su consentimiento¿ o ¿realización de actos obscenos en estos lugares¿ entre otros.

A manera de ejemplo podemos señalar que diariamente en Bogotá, dos millones de personas aproximadamente, se movilizan en el sistema de articulados de Transmilenio, de las cuales un poco más de 680.000 usuarios son mujeres, según cifras de la Secretaria de Movilidad de Bogotá.

Según lo reportan algunos medios de comunicación[1][1] en el año 2013, la policía de Bogotá registró 109 casos, como el antes citado en Transmilenio; sin embargo para el mes de diciembre del mismo año solo se habían registrado (31) capturas.

Las cifras que se conocen sobre esta problemática son muy escasas; las encontradas provienen de la Secretaría Distrital de la mujer y hacen parte de una encuesta a 17.399 habitantes de la capital. Los datos eran preocupantes hace dos años y la situación parece haberse...

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