Proyecto de Ley 60 de 2018 Senado - 3 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 736963349

Proyecto de Ley 60 de 2018 Senado

por medio de la cual se adoptan disposiciones de fortalecimiento de la seguridad ciudadana. PRESENTACIÓN PROYECTO DE LEY NÚMERO 60 DE 2018 SENADO ¿Seguridad Ciudadana¿

Senado de la República ¿ Salón la Constitución

Lunes, 30 de julio de 2018 2:30 p. m.

Asistentes

Gobernador del Quindío Carlos Eduardo Osorio Buriticá
Gobernadora del Magdalena Rosa Cotes de Zúñiga
Alcalde de Bogotá Enrique Peñalosa Londoño
Alcalde de Medellín Federico Gutiérrez Zuluaga
Alcalde de Barranquilla Alejandro Char Chaljub
Alcalde de Valledupar Augusto Ramírez Uhia
Alcalde de Tunja Pablo Emilio Cepeda Novoa
Alcalde de Ibagué Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez
Alcalde de Villavicencio Wílmar Orlando Barbosa Rozo
Alcalde de Neiva Rodrigo Armando Lara Sánchez
Alcalde de Cartagena de Indias Yolanda Wong Baldiris
Alcalde de Florencia Andrés Mauricio Perdomo Lara
Alcalde de Santiago de Cali Norman Maurice Armitage Cadavid

Proyecto de Ley número 60 de 2018 Senado

por medio de la cual se adoptan disposiciones de fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. INTRODUCCIÓN

El presente proyecto de ley traduce la preocupación de la ciudadanía y de los gobernantes por hacer más efectiva la lucha contra las principales formas de delincuencia que afectan la seguridad ciudadana y contribuye al establecimiento de las condiciones necesarias de seguridad para el ejercicio de derechos de los ciudadanos. En concreto, las medidas propuestas pretenden afrontar fenómenos como (i) el narcomenudeo y microtráfico, (ii) la reincidencia, (iii) la cibercriminalidad, (iv) el cumplimiento efectivo de las condenas, por último, (v) algunas disposiciones sobre los procedimientos dispuestos para hacer posible la sanción penal en todos los casos.

Respecto del narcomenudeo y el microtráfico, el proyecto de ley incluye medidas dirigidas a combatir el tráfico y fabricación de estupefacientes. La iniciativa contempla nuevas hipótesis para el delito de suministro de drogas a menor, penaliza el favorecimiento al microtráfico y narcomenudeo en espacios abiertos al público, crea mecanismos jurídicos para judicializar el tráfico de sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades y establece algunos agravantes para los delitos relacionados con la comercialización de estupefacientes. Las modificaciones propuestas tienen en cuenta los criterios fijados en recientes decisiones judiciales de las Altas Cortes y permiten proteger a quienes, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad, consumen ese tipo de sustancias. De esta forma, se fortalecen los mecanismos institucionales previstos para hacer frente a fenómenos como el narcomenudeo y se ajusta la normatividad a los desarrollos jurisprudenciales actuales.

En segundo lugar, establece medidas para contrarrestar la reincidencia como fenómeno criminal que afecta la seguridad ciudadana y fortalece los mecanismos otorgados al sistema de justicia para enfrentar esta problemática. Los antecedentes por delitos dolosos, originados dentro de los 10 años anteriores a la nueva condena, serán considerados como una causal especial de mayor punibilidad, lo que implica que el juez, al momento de imponer la pena, siempre deberá moverse en el cuarto máximo establecido para cada delito cuando antecedan condenas o acusaciones proferidas a los 10 años anteriores. Estas medidas buscan responder a la reincidencia penal, -fenómeno en crecimiento sostenido según cifras del INPEC y la Policía Nacional-, así como aumentar el poder de disuasión del sistema penal colombiano.

En tercer lugar, el proyecto fortalece la lucha contra la cibercriminalidad y otros delitos cometidos a través de medios informáticos. En efecto, el avance de la tecnología ha implicado el surgimiento de nuevas formas de afectación a los bienes jurídicos de las personas utilizando medios informáticos para ello. Estos delitos han tenido un aumento exponencial en los últimos tiempos, lo que implica la necesidad de ajustar los tipos penales que sancionan a estas conductas para fortalecer la política criminal en la materia. Estas reformas son complementadas con la incorporación de herramientas de investigación y judicialización que frenan la continuación del delito, como es el caso de la solicitud ante el juez de control de garantías de la medida cautelar del bloqueo de dominios de internet, URL¿s, cuentas y usuarios, cuando existan motivos fundados de que están siendo utilizados para cometer conductas punibles. Además el proyecto de ley prevé un nuevo delito que sanciona al que oculte celulares y dispositivos de comunicación en los establecimientos de reclusión, con lo que se buscar frenar la comisión de delitos desde las cárceles, como es el caso de la extorsión.

En cuarto lugar, el proyecto presenta medidas tendientes a garantizar el cumplimiento efectivo de las condenas. En particular, la propuesta permite que la Fiscalía General de la Nación, a través de sus delegados, solicite a la autoridad competente el traslado de internos y emita un concepto sobre el lugar de reclusión de las personas investigadas o condenadas. Estas medidas pretenden que las penas impuestas cumplan sus fines legales y materializar efectivamente la justicia penal. Adicionalmente, el proyecto incluye un nuevo tipo penal que sanciona a quien oculte celulares o cualquier dispositivo de comunicación en los centros de reclusión, que se constituye en una herramienta adicional de lucha contra el fenómeno de la extorsión carcelaria.

Por último, el proyecto de ley incluye un grupo de medidas para garantizar la seguridad ciudadana y fortalecer el procedimiento penal. De grupo se destaca la posibilidad de que los funcionarios de policía judicial puedan tomar declaraciones juradas de potenciales testigos, la inclusión de algunas conductas en el ámbito de aplicación del procedimiento especial abreviado, la posibilidad de realizar por medios electrónicos, mensaje de texto o correo certificado, la citación para el traslado de la acusación, garantizando la agilidad de este tipo de procesos, entre otras.

Como puede observarse, las medidas propuestas tienen el propósito común de fortalecer los mecanismos institucionales de reacción a los fenómenos que afectan la seguridad ciudadana y facilitar el ejercicio de los derechos por parte los ciudadanos. En los siguientes acápites se desarrollarán con mayor profundidad las razones que justifican la adopción de cada una de las medidas propuestas, las cuales sin duda contribuirán a la eficiencia del sistema penal y al mejoramiento de la seguridad ciudadana del país.

2. MEDIDAS CONTRA EL TRÁFICO, MICROTRÁFICO Y NARCOMENUDEO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, SICOTRÓPICAS O DROGAS SINTÉTICAS

El microtráfico y narcomenudeo de drogas ilícitas son dos de los fenómenos criminales de mayor trascendencia en la actualidad. Cada vez más las organizaciones criminales que manejan estas modalidades de tráfico de drogas, con el fin de expandir este lucrativo negocio que, según el Departamento Nacional de Planeación, mueven valores equivalentes al 0.75% del PIB nacional de 2016, cooptan áreas urbanas y rurales de los municipios y ciudades principales[1][1]. Estas estructuras vienen desplegando dinámicas de control territorial de forma paulatina, en aras de fortalecer los eslabones de distribución y comercialización de drogas, circunstancia que les permite expandir su negocio, maximizar sus ganancias y diversificar sus actividades ilegales. A su vez, esas dinámicas de control territorial desencadenan otros fenómenos criminales, como homicidios, hurtos, secuestros, extorsiones, agresiones sexuales, trata de personas, explotación sexual de menores[2][2], utilización de menores en la comisión del delito, entre otros[3][3].

La incidencia de los mercados asociados al tráfico de drogas en la comisión de delitos, como en el caso del homicidio se ha evidenciado en ciudades como Bogotá. Al respecto, en 2016 la Fundación Ideas para la Paz resaltó la existencia de una relación entre la presencia de mercados ilegales derivados del tráfico de drogas y la incidencia del homicidio. El documento señaló que durante los años 2014 y 2015 se presentó una coincidencia entre las zonas de concentración de homicidios en Bogotá y aquellas en donde la Policía Nacional había realizado incautaciones de droga, áreas que no llegaron a representar el 10% de la ciudad. Puntualmente se afirmó que en las zonas en donde se concentraron las incautaciones de droga ocurrieron el 40% de los homicidios presentados en dicho lapso[4][4].

Según algunos reportajes, la mayoría de las estructuras delincuenciales asociadas al fenómeno de microtráfico tienen nexos con organizaciones y bandas criminales emergentes[5][5]. Incluso estas organizaciones, a través de sus recursos económicos y el lavado de dinero, han permeado instituciones estatales fomentando comportamientos corruptos por parte de servidores del Estado, con el fin de proteger su negocio o evitar la persecución institucional de sus cabecillas[6][6]. Lo anterior evidencia que los fenómenos del microtráfico y el narcomenudeo, así como las organizaciones que se dedican a dichas actividades, representan una amenaza clara para la seguridad de la ciudadanía[7][7].

El dinamismo del mercado de las drogas, junto con las nuevas tácticas que están empleando las organizaciones criminales dedicadas a este negocio, hace indispensable adoptar medidas que fortalezcan la respuesta judicial a esta clase de criminalidad. En consecuencia, es necesario ajustar el ordenamiento penal para (i) hacer más efectiva la persecución del delito de tráfico en la modalidad de narcomenudeo que principalmente aqueja a la ciudadanía y afecta la calidad de vida en los municipios y departamentos, (ii) mejorar la persecución...

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