Proyecto de ley 82 de 2004 cámara
PROYECTO DE LEY 82 DE 2004 CÁMARA. por la cual se crea el Observatorio de Asuntos de Género
El Congreso de Colombia
DECRETA:
El OAG tendrá por objeto construir un sistema de indicadores de género, categorías de análisis y mecanismos de seguimiento para hacer reflexiones críticas sobre las políticas, los planes, los programas, las normas, la jurisprudencia para el mejoramiento de la situación de las mujeres y de la equidad de género en Colombia.
2.1 Investigar, documentar, sistematizar, analizar y generar información sobre la situación de las mujeres y la equidad de género en Colombia.
2.2 Divulgar a nivel internacional, nacional y territorial la información recogida, analizada y generada por el OAG.
2.3 Contribuir al fortalecimiento institucional de la equidad de género en Colombia y de la entidad encargada de la dirección de las políticas de equidad para las mujeres.
2.4 Formular recomendaciones en materia de políticas, planes, programas, proyectos y normas, que contribuyan a cerrar las brechas de equidad de género en el país.
3.1 Actuar como órgano permanente de recolección y sistematización de información cuantitativa y cualitativa de las diferentes fuentes nacionales e internacionales sobre la situación de las mujeres en Colombia y la equidad de género, teniendo en cuenta aspectos estadísticos, normativos, jurisprudenciales y administrativos (políticas, planes, proyectos y programas).
3.2 Recibir, sistematizar y procesar las estadísticas sectoriales desagregadas por sexo, edad, condición socioeconómica, ubicación territorial (rural/urbano) y etnia, y la información cuantitativa y cualitativa relacionada con las políticas, los programas, los planes, los proyectos, las normas y la jurisprudencia de las entidades del orden nacional, departamental, municipal y distrital.
3.3 Elaborar un sistema de indicadores de género, categorías de análisis y mecanismos de seguimiento a políticas, planes, programas, proyectos, normas, estadísticas, indicadores y jurisprudencia.
3.4 Estudiar y hacer reflexiones críticas sobre la información recogida.
3.5 Divulgar la información recolectada y los análisis elaborados.
3.6 Formular a través de la Consejería para la Equidad de la Mujer o de la entidad rectora de la política pública para las mujeres en Colombia, recomendaciones y propuestas tendientes a mejorar los indicadores y sistemas de información relacionados con las mujeres y que contribuyan a cerrar las brechas de equidad de género en Colombia.
3.7 Proponer la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en Colombia.
3.8 Las demás que le señale el reglamento del OAG.
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