Proyecto de ley 49 de 2000 senado - 10 de Agosto de 2000 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451419594

Proyecto de ley 49 de 2000 senado

PROYECTO DE LEY 49 DE 2000 SENADO. por la cual se dictan normas relativas al ejercicio de la Medicina Homeopática.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°

Para todos los efectos legales, se entiende por ejercicio de la Medicina Homeopática, la aplicación de medios y conocimientos para el examen, diagnóstico, pronóstico, prevención y tratamiento de los enfermos con base en el método de la ley de la similitud (similia similibus curantur), según el cual toda sustancia capaz de provocar en el individuo sano determinados síntomas, es capaz de curar síntomas semejantes que presentan las enfermedades naturales.

Parágrafo. Este sistema se ajusta a la medicina preventiva atención primaria en salud.

Artículo 2° Reconózcase y legalízase la Medicina Homeopática como una modalidad educativa de formación universitaria capacitando profesionales en esta ciencia para cumplir las funciones investigativas y de servicio social que requiere el país de acuerdo con la Ley 30 de 1992.
Artículo 3° A partir de la vigencia de la presente ley solo podrán ejercer la Medicina Homeopática, quienes reúnan uno de los siguientes requisitos:
  1. Quienes adquieran o hayan adquirido título de Médico Homeópata, o Médico General integrado en Homeopatía y Naturismo, en una institución de educación superior con la cual Colombia haya celebrado tratados o convenios;

  2. Quienes adquieran o hayan adquirido título como Médico Homeópata o Médico General integrado en Homeopatía y Naturismo, en una institución con la cual Colombia no haya celebrado tratados o convenios, pero cuyos programas se ajustan a la modalidad de...

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