Proyecto de ley 185 de 2008 senado - 29 de Octubre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451464494

Proyecto de ley 185 de 2008 senado

PROYECTO DE LEY 185 DE 2008 SENADO. por la cual se adiciona un parágrafo a los artículos 4º y 6º de la Ley 1148 de 2007, haciendo extensivo el Subsidio de Vivienda para los voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, Bomberos de Colombia y Cruz Roja Colombiana

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Adicionar al artículo 4º de la Ley 1148 de 2007 el siguiente parágrafo:

¿Parágrafo 2º. El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este artículo se hace extensivo a los Voluntarios de:

¿ La Defensa Civil Colombiana.

¿ Bomberos de Colombia.

¿ Cruz Roja Colombiana.

Siempre y cuando hayan cumplido seis (6) años al servicio de la respectiva institución de forma permanente e ininterrumpida y que durante el tiempo establecido en el presente parágrafo no hayan adquirido vivienda¿.

Artículo 2º Adicionar al artículo 6º de la Ley 1148 de 2007 el siguiente parágrafo:

¿Parágrafo. Así mismo, reglamentará las condiciones especiales de acceso al subsidio familiar de vivienda de aquellos Voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, Bomberos de Colombia, y Cruz Roja Colombiana¿.

Artículo 3º La presente ley rige a partir de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Ricardo Arias Mora,

Senador de la República.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Constitución Política de Colombia en su artículo 51, establece que ¿Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda¿.

Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Los Voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, los Bomberos de Colombia y la Cruz Roja Colombiana son instituciones de protección pasiva de la población, convirtiéndolos en voluntarios de una cruzada humanitaria y social.

Es necesario que estas instituciones voluntarias unan todos los recursos materiales necesarios para limitar al máximo los daños causados por los desastres de origen natural, bélico, accidental o los provocados por el hombre.

No obstante, son los voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, los Bomberos de Colombia y la Cruz Roja Colombiana la cuota de buena voluntad y de entrega hacia el otro, de allí que destacamos su participación activa en nuestra población y quienes con mucho esfuerzo y de manera silenciosa se entrenan y capacitan día a día para colaborar sin ningún interés cuando realmente se les necesita. Ellos son los ¿Voluntarios¿ quienes, por vocación llevan como estandarte de vida la ¿Solidaridad Social¿ y la ¿Ayuda Mutua¿.

Tal como lo manifiesta su denominación, el ¿Voluntario¿ no percibe remuneración alguna, lleva el uniforme por vocación, con el objeto de servir a su comunidad. Es precisamente lo que nos impulsa a seguir trabajando sobre el tema, y por ende someter a consideración del honorable Congreso, la propuesta del presente proyecto de ley.

En virtud de que los voluntarios de las citadas instituciones humanitarias, además de su alto sentido de solidaridad y responsabilidad social, exponen sus vidas y riesgos en defensa del derecho a la vida, al patrimonio, y a la conservación del medio ambiente; requieren también que el Estado y la sociedad civil, sean equitativos y justos otorgándoles una retribución, acorde al principio de corresponsabilidad y al pleno ejercicio de la función social del Estado Social de Derecho.

Al plantear la adición a la Ley 1148 del 10 de julio de 2007, ¿por la cual se adiciona un parágrafo a los artículos 4º y 6º de la Ley 1148 de 2007, haciendo extensivo el Subsidio de Vivienda para los voluntarios de la Defensa Civil Colombiana, Bomberos de Colombia y Cruz RojaColombiana¿.

Si bien es cierto son voluntarios, las instituciones que representan el Estado colombiano en su función de integralidad deberá facilitar con sus herramientas el acceso a una vida digna, como es el caso de subsidios de vivienda, promocionando así que el voluntariado cumpla su función social altruista, pero que también el Estado, instrumentalice la dinámica al desarrollo del bienestar social de dicha población.

Recordando la misión trascendental que tiene la Defensa Civil en la comunidad, y que nada de lo que realizan estos hombres es improvisado, se torna difícil que puedan darse recursos adicionales a los actualmente recibidos para poder desempeñar sus distintas actividades a lo largo del año, tal cual son la de realizar las guardias y vigilias que correspondan, o bien para organizar y establecer un orden interno de funcionamiento del cuerpo en sus diferentes tareas y actividades de mantenimiento o reparación de artefactos en sus instalaciones.

Voluntarios del Sistema Nacional de...

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