Proyecto de ley 145 de 2009 senado
PROYECTO DE LEY 145 DE 2009 SENADO. por medio de la cual se modifican el artículo 6° del Decreto-ley 1790 del 2000 y el artículo 5° del Decreto-ley 1790 de 2000, y se dictan otras disposiciones
PROYECTO DE LEY NUMERO 145 DE 2009 SENADOo:p>
por medio de la cual se modifican el artículo 6° del Decreto-ley 1790 del 2000 y el artículo 5° del Decreto-ley 1790 de 2000, y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 6°, del Decreto-ley 1790, quedará así:
Artículo 6°. Jerarquía. La jerarquía y equivalencia de los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares para efectos de mando, régimen interno, régimen disciplinario y Justicia Penal Militar, lo mismo que para todas las obligaciones y derechos consagrados en este Decreto, comprende los siguientes grados en escala descendente:
-
OFICIALES
1. Ejército
a) Oficiales Generales
-
General
-
Teniente General
-
Mayor General
-
Brigadier General
b) Oficiales Superiores
-
Coronel
-
Teniente Coronel
-
Mayor
c) Oficiales Subalternos
-
Capitán
-
Teniente
-
Subteniente
2. Armada
-
-
Oficiales de Insignia
-
Almirante
-
Almirante de Fragata
-
Vicealmirante
-
Contralmirante
b) Oficiales Superiores
-
Capitán de Navío
-
Capitán de Fragata
-
Capitán de Corbeta
c) Oficiales Subalternos
-
Teniente de Navío
-
Teniente de Fragata
-
Teniente de Corbeta
3. Fuerza Aérea
a) Oficiales Generales
-
General
-
Teniente General
-
Mayor General
-
Brigadier General
b) Oficiales Superiores
-
Coronel
-
Teniente Coronel
-
Mayor
c) Oficiales Subalternos
-
Capitán
-
Teniente
-
Subteniente
-
-
SUBOFICIALES
1. Ejército
-
Sargento Mayor
-
Sargento Primero
-
Sargento Viceprimero
-
Sargento Segundo
-
Cabo Primero
-
Cabo Segundo
-
Cabo Tercero
2. Armada
-
Suboficial Jefe Técnico
-
Suboficial Jefe
-
Suboficial Primero
-
Suboficial Segundo
-
Suboficial Tercero
-
Marinero Primero
-
Marinero Segundo
3. Fuerza Aérea
-
Técnico Jefe
-
Técnico Subjefe
-
Técnico Primero
-
Técnico Segundo
-
Técnico Tercero
-
Técnico Cuarto
-
Aerotécnico
Artículo 2°. El artículo 5°, del Decreto-ley 1791, quedará así:
Artículo 5°. Jerarquía. La jerarquía de los oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes de la Policía Nacional, para efectos de mando, régimen disciplinario, Justicia Penal Militar, lo mismo que para todos los derechos y obligaciones consagrados en este decreto, comprende los siguientes grados:
1. Oficiales
-
Oficiales generales.
-
General.
-
Teniente General
-
Mayor General.
-
Brigadier General.
-
-
Oficiales superiores
-
Coronel
-
Teniente Coronel
-
Mayor
-
-
Oficiales subalternos
-
Capitán
-
Teniente
-
Subteniente
2. Nivel ejecutivo
-
-
Comisario
-
Subcomisario
-
Intendente Jefe
-
Intendente
-
Subintendente
-
Patrullero
3. Suboficiales
-
Sargento Mayor
-
Sargento Primero
-
Sargento Viceprimero
-
Sargento Segundo
-
Cabo Primero
-
Cabo Segundo
4. Agentes
-
Agentes del Cuerpo Profesional
-
Agentes del Cuerpo Profesional especial
Carlos Emiro Barriga Peñaranda,
Honorable Senador de la República.
EXPOSICION DE MOTIVOS
INTRODUCCION
En un mundo de interconexiones como en el que actualmente se desenvuelven los...
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