Proyecto de Norma de Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd (Por medio del cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Personería de Bogotá, D.C.) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 917935918

Proyecto de Norma de Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd (Por medio del cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Personería de Bogotá, D.C.)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos13 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos21 Enero 2023
Fecha de publicación13 Enero 2023
MateriaIncremento Salarial
EmisorDepartamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd
DECRETO No._______________ DE
( )
Por medio del cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Personería
de Bogotá, D.C.”
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales
7° del artículo 315 de la Constitución Política y 1° y 4° del artículo 38 del Decreto 1421 de
1993 y,
CONSIDERANDO
Que corresponde al Gobierno Distrital fijar los emolumentos de los empleados públicos de la
Personería de Bogotá, D.C., con sujeción al límite máximo salarial fijado por el Gobierno
Nacional, en desarrollo de la competencia asignada por el Parágrafo del artículo 12 de la Ley
de 1992, tal como lo ha reconocido la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de
Estado, en concepto radicado bajo el número 924 del 23 de enero de 1997.
El Concejo de Bogotá, D.C., adoptó la tabla de grados de asignación básica para los diferentes
empleos de la Personería de Bogotá, D.C., mediante el Acuerdo Distrital 183 de 2005.
Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral Distrital suscrita el 12 de julio de 2022, entre la
Administración de Bogotá, D. C., y las Organizaciones Sindicales Distritales, se concertó para
el año 2023, el ajuste de la asignación básica de los Empleados Públicos del Sector Central, de
los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería
jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de la Veeduría, Contraloría y
Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá, así:

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