Proyecto de Norma de Instituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal-idpac (Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Acción Comunal para el Desarrollo de la Comunidad 2022 - 2034) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 917277774

Proyecto de Norma de Instituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal-idpac (Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Acción Comunal para el Desarrollo de la Comunidad 2022 - 2034)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos06 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Enero 2023
Fecha de publicación06 Enero 2023
MateriaJUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL
Emisor Instituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal-idpac
DECRETO No. _______________ DE
( )
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
“Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Acción Comunal para el
Desarrollo de la Comunidad 2022 - 2034
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
numeral 1°del artículo 315 de la Constitución Política, literales 1º y 4º del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 1° del Acuerdo 301 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia consagra que "son fines esenciales
del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar
la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,
administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la
integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo…”.
Que a su vez, el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia expone que se garantiza
el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas
realizan en sociedad".
Que el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia dispone que todo ciudadano
tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político…”.
Que el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia declara que "(…) El Estado
contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales,
cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no
gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan
mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación,
concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.".
Que el artículo 311 de la Constitución Política de Colombia declara que Al municipio como
entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde (…)
promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes”.
Continuación del Decreto N°. ______________ DE _____________ Pág. 2 de 17
“Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Acción Comunal para el
Desarrollo de la Comunidad 2022 - 2034”
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
Que a través del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) 3918 de 2018,
el Gobierno Nacional definió la estrategia para el cumplimiento de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS), en concordancia con la Agenda Global 2030 adoptada durante
la Asamblea General de las Naciones Unidas del 25 de septiembre de 2015 (New York).
Adquiriendo la responsabilidad de:
i) adoptar una visión de largo plazo que permita la estabilidad y consistencia de la
implementación de políticas públicas a pesar de la naturaleza de los periodos de gobierno
(…)”, ii) promover un balance e interdependencia entre las dimensiones económica, social
y ambiental del desarrollo, iii) articular las acciones del sector privado, la academia y la
sociedad civil con los esfuerzos gubernamentales para cumplir las metas propuestas”.
Que según el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) 3955 de 2018
mediante el cual se definió la Estrategia para el fortalecimiento de la acción comunal en
Colombia”.
La acción comunal es una forma de organización y representación social que ha
contribuido significativamente al desarrollo social, económico y democrático del país,
resaltando “la colaboración que ha existido entre el Estado y las OAC para garantizar el
desarrollo de los territorios”.
Que adicionalmente el Conpes 3955 de 2018, expone que:
Las OAC forman parte del engranaje de las estructuras de poder local y microlocal, en la
medida en que tienen que ver con la toma de decisiones, la construcción de alianzas, la
distribución de beneficios, los vínculos con instituciones o actores sociales o políticos desde
las comunidades pequeñas hasta el nivel nacional. Estas relaciones se sustentan en el
liderazgo, los lazos de vecindad y el reconocimiento social”.
Que la Ley 2166 de 2021 "Por la cual se deroga la Ley 743 de 2002, se desarrolla el artículo
38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción
comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política
pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras

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