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Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Hacienda (Por medio de la cual se establecen los Grandes Contribuyentes de los impuestos distritales a partir de la vigencia gravable 2022)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos17 Noviembre 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos25 Noviembre 2021
Fecha de publicación17 Noviembre 2021
Emisor Secretaría Distrital de Hacienda
MateriaSECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA
Modelo plantilla SDH - Julio 2012








Por medio de la cual se establecen los Grandes Contribuyentes de los impuestos distritales a partir de la vigencia gravable 2022




EL DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ




En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 10º del Decreto Distrital 807 de 1993, y



CONSIDERANDO:


Que el artículo 1° del Decreto Distrital 807 de 1993, actualizado por el Decreto 422 de 1996 y modificado por el Decreto 401 de 1999, dispone que: “De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 161 del Decreto 1421 de 1993 corresponde a la Dirección Distrital de Impuestos, a través de sus dependencias, la gestión, administración, recaudación, fiscalización, determinación, discusión, devolución y cobro de los tributos distritales, así como las demás actuaciones que resulten necesarias para el adecuado ejercicio de las mismas. (…)”


A su vez, el artículo 3° del mismo cuerpo normativo, prevé, que: “Las normas del Estatuto Tributario Nacional sobre procedimiento, sanciones, declaración, recaudación, fiscalización, determinación, discusión, cobro y en general la administración de los tributos serán aplicables en el Distrito Capital conforme a la naturaleza y estructura funcional de sus impuestos. (…) En la remisión a las normas del Estatuto Tributario Nacional, se deberá entender Dirección Distrital de Impuestos cuando se haga referencia a: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, a sus administraciones regionales, especiales, locales o delegadas”.


Que el artículo 562 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 100 de la Ley 1607 de 2012, establece que “Para la correcta administración, recaudo y control de los impuestos nacionales, el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución, establecerá los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que deban ser calificados como Grandes Contribuyentes de acuerdo con su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo y actividad económica definida para el control por el comité de programas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.


Que en el mismo sentido, el artículo 10 del Decreto 807 de 1993, ordena que: “Para la correcta administración, recaudo y control de los Impuestos distritales, el Director Distrital de Impuestos, podrá clasificar los contribuyentes y declarantes por la forma de desarrollar sus operaciones, el volumen de las mismas, o por su participación en el recaudo, respecto de uno o varios de los Impuestos que administran. A partir de la publicación de la respectiva resolución, las personas o entidades así clasificadas, deberán cumplir sus obligaciones tributarias con las formalidades y en los lugares que se indiquen (…)”.


Que se utilizó como criterio de inclusión la participación de los contribuyentes en el recaudo, tomado a partir del impuesto a cargo por ellos informado en las declaraciones del año gravable 2020, presentadas por los impuestos de industria y comercio, sobretasa a la gasolina motor e impuesto al consumo de cervezas, sifones y refajos. Para los impuestos predial unificado, y sobre vehículos automotores se consideró la información correspondiente al proceso de facturación.


Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, se deja la constancia que el proyecto de resolución se publicó en el Portal Web de la Secretaría Jurídica Distrital, de 17 al 24 de noviembre de 2021.


En mérito de lo expuesto,



RESUELVE:


ARTÍCULO 1º. Calificación. Calificar como Grandes Contribuyentes de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá –DIB, a los siguientes:


Consecutivo

TIPO IDENTIFICACIÓN

NÚMERO IDENTIFICACIÓN

NOMBRE CONTRIBUYENTE

1

NIT

860005224

BAVARIA & CIA S.C.A

2

NIT

900462511

BRITISH AMERICAN TOBACCO COLOMBIA S A S

3

NIT

890903938

BANCOLOMBIA SA

4

NIT

830061302

PHILIP MORRIS COLOMBIA S A

5

NIT

860034313

BANCO DAVIVIENDA SA

6

NIT

830095213

ORGANIZACION TERPEL S A

7

NIT

800153993

COMUNICACION CELULAR S A COMCEL S A

8

NIT

860002554

PRIMAX COLOMBIA S.A.

9

NIT

830037248

CODENSA S.A. ESP

10

NIT

860005223

CHEVRON PETROLEUM COMPANY

11

NIT

860002964

BANCO DE BOGOTA

12

NIT

860003020

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA SA

13

NIT

890900608

ALMACENES EXITO S.A.

14

NIT

860532244

ZULUAGA & SOTO SAS

15

NIT

890300279

BANCO DE OCCIDENTE SA

16

NIT

890903937

ITAU CORPBANCA COLOMBIA SA

17

NIT

900047822

PETROBRAS COLOMBIA COMBUSTIBLES S A

18

NIT

830136799

BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

19

NIT

830028931

SAMSUNG ELECTRONICS COLOMBIA S A

20

NIT

830122566

COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S A E S P BIC

21

NIT

890900943

COLOMBIANA DE COMERCIO SA

22

NIT

900155107

CENCOSUD COLOMBIA S.A.

23

NIT

800216181

GRUPO AVAL ACCIONES Y VALORES S A

24

NIT

899999094

EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP

25

NIT

800007813

VANTI S.A. ESP

26

NIT

900136638

CERVECERIA DEL VALLE S A

27

NIT

830065063

LG ELECTRONICS COLOMBIA LIMITADA

28

NIT

830113608

BIENES Y COMERCIO S A

29

NIT

900824185

HP COLOMBIA S A S

30

NIT

860002518

UNILEVER ANDINA COLOMBIA LIMITADA PUDIENDO UTILIZAR INDISTINTAMENTE LA RAZON SOCIAL UNILEVER ANDINA COLOMBIA LTDA

31

NIT

890903858

INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS S.A.

32

NIT

899999082

GRUPO ENERGIA BOGOTA S A ESP PUDIENDO UTILIZAR PARA TODOS LOS EFECTOS EN TODAS SUS ACTUACIONES JURIDICAS Y TODAS SUS ACTUACIONES C

33

NIT

900736182

APPLE COLOMBIA SAS

34

NIT

899999115

EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. - ETB S.A. ESP

35

NIT

860035827

BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A.

36

NIT

860007335

BANCO CAJA SOCIAL S.A.

37

NIT

860007738

BANCO POPULAR S A

38

NIT

901079460

ZONA FRANCA CENTRAL CERVECERA S.A.S

39

NIT

860078828

COMPAÑIA DE MEDICINA PREPAGADA COLSANITAS S A

40

NIT

800242106

SODIMAC COLOMBIA S A

41

NIT

890100577

AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO SA AVIANCA

42

NIT

830140321

HUAWEI TECHNOLOGIES COLOMBIA S A S

43

NIT

800106339

COLMEDICA MEDICINA PREPAGADA S A PERO TAMBIEN PODRA UTILIZAR LA DENOMINACIO

44

NIT

800149695

DROGUERIAS Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.S

45

NIT

860013720

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

46

NIT

800037800

BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S A Y PODRA UTILIZAR EL NOMBRE BANCO AGRARIO

47

NIT

860050750

BANCO GNB SUDAMERIS S A

48

NIT

860066942

CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMPENSAR

49

NIT

860007386

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

50

NIT

860007660

HELM BANK S A

51

NIT

900353873

SCANIA COLOMBIA S A S

52

NIT

860001697

GASEOSAS LUX S.A

53

NIT

860007955

DETERGENTES LTDA

54

NIT

900780510

AUTOMOTORES TOYOTA COLOMBIA S A S

55

NIT

900536058

CORPORACION DE INVERSIONES DE COLOMBIA SA SUCURSAL COLOMBIA

56

...

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