Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Planeación (Proy Resolución Reserva Vial Av Jorge Uribe Botero ) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 878729654

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Planeación (Proy Resolución Reserva Vial Av Jorge Uribe Botero )

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Diciembre 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos11 Diciembre 2021
Fecha de publicación02 Diciembre 2021
Emisor Secretaría Distrital de Planeación
MateriaZonas Viales
RESOLUCIÓN No.__________________ DE _____________
( )
Por medio de la cual se ajustan las zonas de reserva vial establecidas en el
Decreto Distrital 190 de 2004 para la avenida Jorge Uribe Botero y se definen para
esa vía las zonas de reserva vial comprendidas entre la Carrera 15, en el tramo
entre la avenida Contador, Calle 134, y la Avenida San Juan Bosco, Calle 170, y
se dictan otras disposiciones”.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
LA SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 177,
178 y 446 del Decreto Distrital 190 de 2004 y los literales h) y n) del artículo 4 del
Decreto Distrital 016 de 2013 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 3 de la Ley 388 de 1997 consagra “El Ordenamiento del territorio
constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines:
1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructura de transporte y
demás espacio público y su destinación al uso común (…)”.
Que el artículo 2º de la Ley 1682 de 2013 establece: "La infraestructura del transporte
es un sistema de movilidad integrado por un conjunto de bienes tangibles, intangibles y
aquellos que se encuentren relacionados con este, el cual está bajo la vigilancia y control
del Estado, y se organiza de manera estable para permitir el traslado de las personas, los
bienes y los servicios, el acceso y la integración de las diferentes zonas del país y que
propende por el crecimiento, competitividad y mejora de la calidad de la vida de los
ciudadanos”.
Que el artículo 161 del Decreto Distrital 190 de 2004 POT, señala los sistemas
generales urbanos que componen la estructura básica y que definen su
ordenamiento territorial entre los cuales se encuentra el Sistema de Movilidad y
establece que (…) Parágrafo. Las normas que regulan los sistemas generales son de
aplicación inmediata y prevalecen sobre las disposiciones sobre usos y tratamientos,
determinando la aplicación de éstos. Los planes y diseños relacionados con los sistemas
generales atenderán las consideraciones ambientales y definirán las propuestas de ajuste
a las decisiones tomadas en los instrumentos de planificación ya diseñados”.
Continuación de la Resolución No._________DE___________
Por medio de la cual se ajustan las zonas de reserva vial establecidas en el Decreto
Distrital 190 de 2004 para la avenida Jorge Uribe Botero y se definen para esa vía
las zonas de reserva vial comprendidas entre la Carrera 15, en el tramo entre la
avenida Contador, Calle 134, y la Avenida San Juan Bosco, Calle 170, y se dictan
otras disposiciones”.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Que el numeral 2º del artículo 164 del Decreto Distrital 190 de 2004, al hacer
referencia a los “Componentes del Sistema de Movilidad”, señala que: el Subsistema de
Transporte está conformado por los diferentes modos de transporte masivo, el transporte
público colectivo, el transporte particular y modos alternativos de transporte, y que las
ejecuciones de los proyectos a desarrollar durante la vigencia del Plan de
Ordenamiento Territorial serán definidos en el Plan Maestro de Movilidad.
Que el artículo 165 del POT dispone que “El Sistema Vial” está compuesto por las
siguientes mallas:
“(…)
1. La malla vial arterial principal.
Es la red de vías de mayor jerarquía, que actúa como soporte de la movilidad y la
accesibilidad urbana y regional y de conexión con el resto del país.
2. La malla arterial complementaria (…).
3. La malla vial intermedia (…).
4. La malla vial local (…).
5. Intersecciones (…).”.
Que el artículo 166 del POT precisó respecto de la malla arterial que “(…) las
vías de la malla vial arterial principal y complementaria que articulan la ciudad
y que garantizan su consolidación, se describen en el siguiente cuadro:
Vías que Consolidan la Estructura Urbana
VÍA
TRAMO
DE
A
(…)
10
Avenida Jorge
Uribe Botero
Avenida Tibabita (tramo II)
Avenida Callejas

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