Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Habitat - Sdht (Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Hábitat y se dictan otras disposiciones”) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 902830547

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Habitat - Sdht (Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Hábitat y se dictan otras disposiciones”)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos04 Mayo 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos12 Mayo 2022
Fecha de publicación04 Mayo 2022
MateriaModificación
Emisor Secretaría Distrital de Habitat - Sdht
DECRETO No._______________ DE
( )
“Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de
Hábitat y se dictan otras disposiciones
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 3 y 6 del artículo
38 y el inciso 2º del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Distrital 257 del 30 de noviembre de 2006, expedido por el Concejo de
Bogotá "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y
funcionamiento de los Organismos y de las Entidades de Bogotá D.C., y se dictan otras
disposiciones", consagra en el artículo 114 la integración del Sector Hábitat, con la Secretaría
Distrital del Hábitat, como cabeza del Sector.
Que mediante el Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por los Decretos Distritales 578
de 2011 y 535 de 2016, se adoptó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del
Hábitat.
Que mediante la Ley 1952 de 2019
1
se expidió el Código General Disciplinario, y se propone
un cambio en la estructura de las oficinas de control interno de las entidades u organismos
del estado.
Que el artículo 93 de la mencionada ley, modificado por el artículo 14 de la Ley 2094 de
2021, establece:
Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión
Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, debe
organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos
disciplinarios que se adelanten contra sus servidores. (…)
1
Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones
de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.
Continuación del Decreto N°. ______________ DE _____________ Pág. 2 de 8
“Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de
Hábitat y se dictan otras disposiciones
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
Que en virtud de lo anterior, mediante el Decreto Distrital 457 del 12 de noviembre de 2021,
se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat en el sentido
de crear la Oficina de Control Disciplinario Interno y establecer sus funciones.
Que el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo 3 de la Ley 2094 de
2021, establece:
ARTÍCULO 3. Modificase el Artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, el cual quedará así:
ARTÍCULO 12. Debido proceso. El disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por
funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente, quienes
deberán actuar con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad
del proceso, en los términos de este código y dándole prevalencia a lo sustancial sobre lo
formal.
En el proceso ·disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo
que adelante el juzgamiento.
Todo disciplinable tiene derecho a que el fallo sancionatorio sea revisado por una autoridad
diferente, su trámite será el previsto en esta ley para el recurso de apelación. En el evento en
que el primer fallo sancionatorio sea proferido por el Procurador General de la Nación, la
doble conformidad será resuelta en la forma indicada en esta ley”.
Que mediante la Directiva 13 del 16 de julio de 2021, la Procuraduría General de la Nación
estableció las “Directrices para implementar la Ley 2094 de 2021, separación de funciones
de instrucción y juzgamiento, doble instancia y doble conformidad”, en la cual señala que
uno de los aspectos principales de la Ley 2094 de 2021 es la separación de funciones de
instrucción y de juzgamiento en el proceso disciplinario, de manera que cada etapa sea
asumida por dependencias diferentes e independientes entre sí en las entidades y organismos
del Estado, y en caso de no poderse garantizar la separación o la segunda instancia los
expedientes sean remitidos a dicha institución.
Que mediante la Directiva 004 de 2022 de 24 de enero de 2022, la Secretaría Jurídica Distrital
estableció los lineamientos para la implementación de la Ley 1952 de 2019, modificada por
la Ley 2094 de 2021, con el fin de garantizar la separación de funciones en primera instancia,

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