Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Ambiente (Por la cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental del Sitio Ramsar Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá y se toman otras determinaciones” ) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 917937507

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Ambiente (Por la cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental del Sitio Ramsar Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá y se toman otras determinaciones” )

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos13 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos21 Enero 2023
Fecha de publicación13 Enero 2023
MateriaHUMEDALES
Emisor Secretaría Distrital de Ambiente






PARA CIUDADANÍA EN GENERAL

Apreciados Ciudadanos,

La Secretaría Distrital de Ambiente, en cumplimiento a la Ley 1712 de 2014, que regula la
Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública, en concordancia con el
Decreto Distrital 474 de 2022, presenta a la ciudadanía el siguiente Proyecto:

• Resolución Conjunta SDA y CAR “Por la cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental
del Sitio Ramsar Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá y se
toman otras determinaciones”
para sus consideraciones.

Los anexos técnicos de la propuesta del acto administrativo podrán ser consultada en el
siguiente enlace:
https://drive.google.com/drive/folders/18eOHBwfezKurcdMC8XtG1_227paIHmHH





SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE.





RESOLUCIÓN CONJUNTA No XXXX DE 2023
“Por la cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental del Sitio Ramsar Complejo de
Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá y se toman otras determinaciones”
La Comisión Conjunta CAR-SDA para la aprobación y seguimiento del Plan de Manejo
Ambiental del Sitio Ramsar Complejo de Humedales Urbanos del Distrito Capital de Bogotá, en
jurisdicción compartida, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 3º del artículo 33 de la
Ley 99 de 1993; y las Resoluciones 157 de 2004, 196 y 1128 de 2006, expedidas por el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y el Decreto 1468 de 2018, compilado en el
Decreto 1076 de 2015.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 79 y 80 de la Constitución Política, es
deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de
especial importancia ecológica y planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Que mediante la Ley 165 de 1994, Colombia aprobó el Convenio sobre Diversidad Biológica,
incluyendo los ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte
dentro de su ámbito de aplicación. Su objetivo principal es la conservación de la diversidad
biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en
los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante el acceso
adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes,
teniendo en cuenta todos los derechos.
Que de acuerdo con el artículo 8 del mismo, cada parte contratante establecerá áreas donde
haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica; elaborará
directrices para la selección, el establecimiento y la ordenación de las mismas; promoverá la
protección de ecosistemas de hábitats naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de
especies en entornos naturales; y procurará establecer las condiciones necesarias para
armonizar las utilizaciones actuales con la conservación de la diversidad biológica y la
utilización sostenible de sus componentes.
Que según la Ley 357 de 1997, por medio de la cual se aprueba la Convención Relativa a los
Humedales de importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas”,
1




suscrita en Ramsar (Irán) el 2 de febrero de 1971, las partes contratantes deberán elaborar y
aplicar su planificación de forma que favorezca la conservación y uso racional de los
humedales de su territorio e insta a las partes...

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