Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Movilidad (DIA SIN CARRO ) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 920919630

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Movilidad (DIA SIN CARRO )

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos24 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos01 Febrero 2023
Fecha de publicación24 Enero 2023
MateriaPICO Y PLACA
Emisor Secretaría Distrital de Movilidad
DECRETO No._______________ DE
( )
Por medio del cual se establecen medidas para la circulación de vehículos automotores y
motocicletas en la ciudad de Bogotá el primer jueves del mes de febrero de todos los años y
se dictan otras disposiciones
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
numerales 1° y 3º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en el inciso 2° del
parágrafo 3 del artículo 6° y el artículo 119 de la Ley 769 de 2002 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 24 de la Constitución Política señala que: “Todo colombiano, con las
limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio
nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia”.
Que el inciso segundo del artículo 209 de la Constitución Política, prevé que Las
autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado
cumplimiento de los fines del Estado (…)”.
Que el artículo 6 de la Ley 489 de 1998, relativo al principio de coordinación y colaboración
establece que “(...) las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el
ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales”.
Que el artículo 1 de la Ley 769 de 2002 , modificado por el artículo 1 de la Ley 1383 de 2010,
señala en su inciso segundo que, “(...) todo colombiano tiene derecho a circular libremente
por el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las
autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de
los peatones y de los discapacitados físicos y mentales, para la preservación de un ambiente
sano y la protección del uso común del espacio público”.

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