Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte (Modificación reglamento de las elecciones del Sistema Distrital de Participación Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos DRAFE) - Proyectos Normativos de la Secretaria Jurídica Distrital - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 920986822

Proyecto de Norma de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte (Modificación reglamento de las elecciones del Sistema Distrital de Participación Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos DRAFE)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Enero 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos02 Febrero 2023
Fecha de publicación26 Enero 2023
MateriaParticipación
Emisor Secretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte






RESOLUCIÓN No. XXX DE XX DE XXXX DE 2023



Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 920 de 24 de noviembre de 2022 “Por medio de la cual se reglamenta el Proceso de Elección de los/las Representantes a los Consejos Locales y designación del Consejo Distrital del Sistema Distrital de Participación en Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos para Bogotá D.C. -DRAFE-, para el período 2023

- 2027”


LA SECRETARIA DE DESPACHO


De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006, los Decretos Distritales 229 de 2015, 557 de 2018, 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y



CONSIDERADO



Que el artículo 2 de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que la Ley 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”, tiene como objeto “(...) promover, proteger y garantizar modalidades del derecho a participaren la vida política, administrativa, económica, social y cultural, y así mismo a controlar el poder político.".

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, se creó el Sector Cultura, Recreación y Deporte cuya cabeza de sector corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, teniendo como entidades adscritas el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA, la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB, el Instituto Distrital de Recreación y el Deporte - IDRD y el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y como entidad vinculada a Canal Capital.

Que el Decreto Distrital 340 de 2020 “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones", en los literales d, g, i, I, m del artículo 3 le asigna a esta Secretaría las siguientes funciones:

d. Formular mecanismos para lograr la participación de los ciudadanos y ciudadanas en programas recreativos y deportivos en desarrollo del derecho constitucional que le asiste a todas las personas para la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre. g. Formular políticas, vigilar y supervisar la correcta administración y funcionamiento de los sistemas distritales de cultura de parques y de escenarios distritales, recreativos y deportivos.

i. Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y del deporte que desarrollen las entidades adscritas y vinculadas y las localidades.

l. Formular, orientar y coordinar políticas que propicien y consoliden la conformación y permanencia de los clubes, escuelas, ligas o asociaciones solidarias de deportistas.

m. Promocionar actividades recreativas e impulsar masivamente la práctica deportiva no competitiva prioritariamente para los niños, jóvenes y adultos mayores.

Que el artículo 3 del Acuerdo 4 de 1978 “Por el cual se crea el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.” establece dentro de las funciones del Instituto, entre otras las de, formular políticas para el desarrollo masivo del deporte y la recreación en el Distrito Especial, con el fin de contribuir al mejoramiento físico y mental de sus habitantes, especialmente de la juventud; coordinar con otras instituciones oficiales o privadas, dedicadas a estas materias, el planeamiento y ejecución de sus programas, promover las actividades de recreación en los parques de propiedad distrital, conservar y dotar las unidades deportivas y procurar el establecimiento de nuevas fuentes de recreación.

Que la Resolución 005 de 1997 del Instituto Distrital de Recreación y Deporte “Por medio de la cual se reforman los estatutos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte” además de las mencionadas en el aparte anterior se encuentran entre otras, las siguientes: ejecutar el plan distrital del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre efectuando su seguimiento y evaluación; estimular la participación comunitaria y la integración funcional en los términos de la Constitución Política, la Ley 181 de 1995 y las demás normas que la regulan, desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en su territorio, Promover el buen uso de los parques, las actividades de recreación, deporte y demás que contribuyan a mejorar el aprovechamiento del tiempo libre.

Que Decreto Distrital 229 de 2015 'Por medio del cual se adopta la Política Pública de Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques y Escenarios para Bogotá', y se dictan otras disposiciones", modificado por el Decreto Distrital 483 de 2018, estableció como objetivo general de la política garantizar el goce efectivo de los derechos al Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos, Recreativos y Deportivos, contribuyendo al desarrollo humano y al mejoramiento continuo de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Capital.

Que para el cumplimiento del anterior objetivo, se plantearon cinco objetivos específicos siendo uno de estos el de promover la participación, desarrollado en el artículo 9 del Decreto Distrital 229 de 2015 de 2018 que fue modificado por el artículo 8 del Decreto Distrital 483 de 2018, señalando las estrategias para “garantizar el acceso de los habitantes de Bogotá D.C. al Deporte, la Recreación y la Actividad Física, generando las condiciones para el ejercicio efectivo y progresivo de sus derechos, en los Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos del Distrito Capital, (...)”

Que el artículo 15 del Decreto Distrital 229 de 2015 modificado por el artículo 14 del Decreto Distrital 483 de 2018 indica “La coordinación, seguimiento, evaluación y financiación de la Política Pública DRAFE para Bogotá D.C., está en cabeza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, junto con el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en el marco del Sistema Distrital de Participación del DRAFE. La implementación estará a cargo del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, de los demás sectores de la administración que tienen un vínculo de transversalidad con estas actividades, de las organizaciones privadas y de la comunidad beneficiaría...’’

Que, por ello, en el artículo 14 del Decreto Distrital 229 de 2015, se indica que “(...) Esta Política Pública compromete a las entidades sectoriales y locales públicas, las cuales deben buscar la integración, la coherencia y la coordinación necesarias para su implementación, de manera concertada con la comunidad beneficiaría de la política".

Que el Decreto Distrital 557 de 2018, “Por medio del cual se adopta el Sistema Distrital de Participación en Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques, Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos para Bogotá D.C - DRAFE y se dictan otras disposiciones", define el sistema como "un conjunto de instancias de participación de diferentes niveles locales y distritales, y sus diferentes actores sociales, comunitarios, académicos, económicos e institucionales públicos y privados en torno al Deporté, la Recreación, la Actividad Física, los Parques, los Escenarios y Equipamientos Recreativos y Deportivos”.

Que el artículo 9 del decreto ibidem define a los Consejos Locales del DAFRE como la instancia para el diálogo, deliberación y socialización de los temas propios del DRAFE, los cuales de acuerdo con el artículo 10 se conformarán en cada una de las veinte (20) localidades de Bogotá, por medio de mecanismos de elección, presenciales y virtuales, que se definan en la resolución reglamentaria que expida la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y, contarán con la participación de un (1) representante de cada grupo, habitante y/o participante en cualquiera de las áreas del DRAFE en la localidad, con voz y voto, en cada uno de los siguientes grupos:

Un (1) representante de Persona mayor.

Un (1) representante de la Población con discapacidad.

Un (1) representante de Sector Educativo.

Un (1) representante de Jóvenes.

Un (1) representante de Escuela de Formación Deportiva avalada o Clubes Deportivos con reconocimiento deportivo vigente.

Un (1) representante de las Juntas de Acción Comunal de la localidad.

Un (1) representante de Colectivos, Agrupaciones o ESAL: Fundaciones, Corporaciones, Asociaciones.

Un (1) representante de Grupos étnicos y sociales.

Que el parágrafo 1 del artículo 10 del Decreto Distrital 557 de 2018 señala que además de los anteriores miembros, el Consejo Local del DRAFE se conformara por un delegado de la Secretaría distrital de Cultura, Recreación y Deporte, un delegado del Instituto Distrital de Recreación y Deporte y un delegado de la alcaldía local.

Que el artículo 14 del citado Decreto determinó que el proceso de elección de cada una de las instancias estará a cargo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte con el apoyo del Instituto Distrital de Recreación y Deporte siendo estás las entidades encargadas del proceso de difusión, convocatoria, inscripción y elección de cada una de las instancias.

Que mediante Resolución No. 920 de 24 de noviembre de 2022 se reglamentó el Proceso de Elección de los/las Representantes a los Consejos Locales y designación del Consejo Distrital del Sistema Distrital de...

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