Proyecto de Normatividad num. 02 - 2022, Superintendencia Financiera
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 11 Marzo 2022 |
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Se publica para comentarios del público el siguiente:
PROYECTO DE CIRCULAR EXTERNA: Por medio de la cual se imparten “Instrucciones para el fortalecimiento de los estándares de las entidades vigiladas en la selección y seguimiento a la gestión del Defensor al Consumidor Financiero”.
PROPÓSITO: fortalecer y consolidar la institución del Defensor al Consumidor Financiero (DCF), como una instancia de protección especial de los consumidores, de conformidad con las funciones y responsabilidades previstas en la Ley 1328 de 2009.
En tal virtud, se imparten instrucciones para la elección y seguimiento del DCF, acreditación de la infraestructura requerida, obligaciones de los órganos de administración frente a dicha instancia, entre otras medidas.
PLAZO PARA COMENTARIOS: 17:00 horas del 11 de marzo de 2022.
REMISIÓN DE COMENTARIOS: Por favor diligenciar la proforma adjunta “MATRIZ PARA COMENTARIOS EXTERNOS - PUBLICACION WEB”.
La proforma en formato Word puede ser radicada vía e-mail por medio del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co. En el asunto únicamente incluir el siguiente número de radicación:
RADICADO No. 2021252535
POR ESCRITO A: Subdirector de Regulación, con el número de radicación.
Nota: Para la remisión de los comentarios por favor citar en el asunto del correo electrónico, la referencia señalada, así como por escrito.
* Consulte en este archivo el texto del proyecto de
__________________
CIRCULAR EXTERNA DE 2022
( )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES, REVISORES FISCALES Y DEFENSORES DEL CONSUMIDOR FINANCIERO DE LAS ENTIDADES VIGILADAS
REFERENCIA: Instrucciones para el fortalecimiento de los estándares de las entidades vigiladas en la selección y seguimiento a la gestión del Defensor del Consumidor Financiero
Apreciados señores:
La Superintendencia Financiera de Colombia considera necesario modificar las instrucciones dirigidas a las entidades vigiladas relativas al Defensor del Consumidor Financiero, en adelante DCF, a fin de fortalecer y consolidar dicha instancia como una institución de protección especial de los consumidores financieros, de conformidad con las funciones y responsabilidades establecidas en la Ley 1328 de 2009.
Atendiendo lo señalado, por medio de la presente circular se imparten instrucciones para la elección y seguimiento del DCF, contenido y verificación del informe de gestión del DCF, acreditación de la infraestructura requerida, obligaciones de los órganos de administración frente a la institución del DCF, entre otras.
En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las facultades legales establecidas en el numeral 3 del artículo 326 del Estatuto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba