Proyecto de Normatividad num. 12 - 2022, Superintendencia Financiera - Proyectos de Normatividad de la Superintendencia Financiera - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 900270099

Proyecto de Normatividad num. 12 - 2022, Superintendencia Financiera

Fecha de Fin de Comentarios Públicos20 Mayo 2022
Proy CE



SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA


Circular Externa de 2022 Página 2


Se publica para comentarios del público el siguiente:



PROYECTO DE CIRCULAR EXTERNA: Por medio de la cual se imparten “Instrucciones relacionadas con la reserva de enfermedad laboral”.



PROPÓSITO: Imparte instrucciones relacionadas con el cálculo de la reserva técnica de enfermedad laboral y establece la información que las entidades aseguradoras deben recolectar para contar con estadísticas sobre el comportamiento de la siniestralidad de la enfermedad laboral.


PLAZO PARA COMENTARIOS: Hasta finalizar el 20 de mayo de 2022



REMISIÓN DE COMENTARIOS: Por favor diligenciar la proforma adjunta “MATRIZ PARA COMENTARIOS EXTERNOS - PUBLICACION WEB”.

La proforma en formato Word puede ser radicada vía e-mail por medio del correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co. En el asunto únicamente incluir el siguiente número de radicación:


RADICADO No. 2022012016


POR ESCRITO A: Subdirector de Regulación, con el número de radicación.




Nota: Para la remisión de los comentarios por favor citar en el asunto del correo electrónico, la referencia señalada, así como por escrito.









* Consulte en este archivo el texto del proyecto de

__________________



CIRCULAR EXTERNA DE 2022



( )



Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS



Referencia: Instrucciones relacionadas con la reserva de enfermedad laboral



Apreciados señores:



De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.31.4.4.8 del Decreto 2555 de 2010, corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia determinar si, atendiendo el monto cotizado o el saldo alcanzado de la reserva de enfermedad laboral, las entidades aseguradoras deben continuar con su constitución, o pueden proceder a su liberación parcial. Asimismo, el parágrafo del citado artículo faculta a la Superintendencia Financiera de Colombia para establecer la información que las entidades aseguradoras deben recolectar para contar con estadísticas sobre el comportamiento de la siniestralidad de la enfermedad laboral.


Esta Superintendencia, atendiendo la dinámica que viene presentando el ramo de riesgos laborales y los recobros entre las aseguradoras, y en desarrollo de las citadas facultades, así como de las consagradas en el numeral 4 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y el literal a del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, por medio de la presente Circular establece una metodología para permitir la liberación parcial de la citada reserva, para lo cual imparte las siguientes instrucciones:


PRIMERA: Modificar el subnumeral 3.4.3 del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica,...

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