Proyecto de Normatividad num. 42 - 2007, Superintendencia Financiera
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Se publica para comentarios del público el siguiente:
PROYECTO DE CIRCULAR EXTERNA: mediante la cual se instruye de manera integral el tratamiento de las operaciones con derivados y de los productos estructurados realizados por parte de las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia y los fondos mutuos de inversión controlados.
PROPÓSITO: Impartir instrucciones homogéneas, incluyendo la forma de contabilización y de valoración, en relación con las operaciones con derivados y los productos estructurados
PLAZO PARA COMENTARIOS: 17 de septiembre de 2007 hasta las 5:30 p.m.
RECIBIMOS SU COMENTARIOS:
VIA E- MAIL: amangulo@superfinanciera.gov.co
lfpena@superfinaciera.gov.co
jpcoy@superfinanciera.gov.co
POR ESCRITO A: Gabriel Hernán Aguilar Leal
Subdirector de Coordinación Normativa
Calle 7 No. 4-49 Oficina 418 Zona B Superintendencia Financiera de Colombia
Bogotá
* Consulte en este archivo el texto del proyecto de Circular Externa
(Enero )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS Y DE LOS FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN CONTROLADOS
Referencia: Modificación integral al Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
Apreciados señores:
La Superintendencia Financiera de Colombia en uso de sus facultades, en especial de las previstas en el literal a) del numeral 3º del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el literal a) del artículo 6º de la Ley 964 de 2005, en el numeral 9º del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, considera necesario cambiar el Capítulo XVIII de la Circular Externa 100 de 1995 (Circular Básica Contable y Financiera) para instruir acerca de las operaciones con derivados y los productos estructurados de las entidades sujetas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
La presente Circular Externa rige a partir de su publicación, deroga las normas que le sean contrarias y reforma integralmente el Capítulo XVIII de la Circular Externa 100 de 1995 (Circular Básica Contable y Financiera).
Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS...
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