Proyecto de Resolución. Por la cual se amplía el plazo de envío de reportes de que trata la Resolución 314 de 2021 - Unidad de Análisis e Información Financiera - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 905998655

Proyecto de Resolución. Por la cual se amplía el plazo de envío de reportes de que trata la Resolución 314 de 2021

Fecha de Fin de Comentarios Públicos06 Abril 2022
Resolución No. XXX de 2022:Por la cual se amplía el plazo de envío de reportes de que trata la Resolución 314 de 2021”.
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO –UIAF-
RESOLUCIÓN NÚMERO XXX DE 2022
(xx de abril de 2022)
POR LA CUAL SE AMPLÍA EL PLAZO DE ENVÍO DE REPORTES DE QUE TRATA LA RESOLUCIÓN 314
El Director General de la Unidad de Información y Análisis Financiero, en uso de sus facultades legales, en
especial las conferidas por los artículos 3°, 4° (numeral 9°) y 9° de la Ley 526 de 1999, y 2.14.2 del Decreto 1068
de 2015 y demás normas y disposiciones concordantes con la materia, y
CONSIDERANDO
1. Que la Unidad de Información y Análisis Financiero — UIAF -, creada mediante la Ley 526 de 1999, es una
unidad administrativa especial, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica,
autonomía administrativa y patrimonio independiente.
2. Que las leyes 526 de 1999 y 1121 de 2006, le asignaron de manera expresa a la UIAF funciones de intervención
del Estado en todos los sectores de la economía nacional, con el fin de detectar prácticas asociadas con el lavado
de activos y el financiamiento del terrorismo. Que ante la necesidad de extremar por parte de la UIAF controles
más eficaces sobre el origen y destino de los recursos involucrados en las operaciones adelantadas por parte de
los proveedores de servicios de activos virtuales, tendientes a mitigar los riegos de LA/FT presentes en dicha
actividad, se consideró necesaria la intervención de la UIAF mediante la imposición de la obligación de reporte,
la cual se materializó a través de la Resolución 314 del 15 de diciembre de 2021 “Por medio de la cual se impone
la obligación de reporte a la UIAF a las empresas y personas naturales que provean servicios de activos virtuales
en Colombia”.
3. Que la Resolución 314 de 2021 estableció en su artículo 7° que los reportes a los que obliga la mencionada
resolución debían hacerse a partir del 1° de abril de 2022.
4. Que el artículo 8° de la Resolución 314 de 2021 consagró que la UIAF podría modificar las condiciones de los
reportes en los términos, oportunidad y condiciones que considerara pertinentes.
5. Que para garantizar el efectivo y eficiente cumplimiento de los sujetos obligados por la Resolución 314 de 2021,
y a fin de lograr que el envío de reportes a la UIAF sea completo y atienda las necesidades de información de la

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