Proyecto de Resolución, "por la cual se crea y organiza el Comité Técnico Interno de Planeación y Seguimiento de los recursos con destino a los Patrimonios Autónomos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo". - Proyectos Normativos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 920966751

Proyecto de Resolución, "por la cual se crea y organiza el Comité Técnico Interno de Planeación y Seguimiento de los recursos con destino a los Patrimonios Autónomos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo".

Fecha de Fin de Comentarios Públicos09 Febrero 2023
Fecha de publicación25 Enero 2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Enero 2023
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RESOLUCIÓN DE
GD-FM-014.V5
( )
“Por la cual se crea y organiza el Comité Técnico Interno de Planeación y Seguimiento de los
recursos con destino a los Patrimonios Autónomos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo”
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 30 del artículo 2 y el
numeral 10 del artículo 7 del Decreto ley 210 de 2003, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que: “La función administrativa está al servicio de
los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones. (…) Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para
el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá
un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene como objetivo primordial dentro del marco de su
competencia formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo
económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores
productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios
y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas,
planes generales, programas y proyectos de comercio exterior.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para la ejecución de sus políticas cuenta con patrimonios
autónomos creados por la ley, que constituyen el vehículo ejecutor de las diferentes iniciativas e
instrumentos de la política, así mismo generan un mecanismo ágil para lograr mayor efectividad en la
ejecución de los recursos públicos y cumplimiento de las metas del Sector.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ejerce la planeación, seguimiento y control del avance
y cumplimiento de las metas establecidas y los recursos apropiados en cada vigencia para la
implementación de las políticas públicas a su cargo, por lo cual, requiere establecer mecanismos ágiles
que permitan generar mayor articulación entre los diferentes actores, coherencia entre la planeación y
ejecución de los recursos, solidez técnica en la planeación de actividades e instrumentos de intervención
y oportunidad en la ejecución presupuestal.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cuenta con un procedimiento para la transferencia de
recursos a patrimonios autónomos, que establece entre otras herramientas, un plan de transferencias de
los recursos a los patrimonios autónomos para la definición de los planes, programas, proyectos e
instrumentos que requiere para la materialización de la política y el cumplimiento de las metas del Sector
a través de las transferencias de recursos que realiza a los Patrimonios Autónomos.
Que es necesario generar una instancia que fortalezca la articulación en el Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo y permita la revisión y aprobación técnica de los planes, programas, proyectos e instrumentos
que se establezcan para la ejecución de la política pública en cada vigencia.
Que dicha instancia se prevé como un Comité Técnico Interno que analice y evalúe la pertinencia de los
planes, programas, proyectos e instrumentos a ser ejecutados a través de los patrimonios autónomos y los

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