Proyecto de resolución. Por la cual se define el valor máximo de recobro de las pruebas diagnósticas y de Anticuerpos para SARS- CoV-2 (COVID-19) - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 906722560

Proyecto de resolución. Por la cual se define el valor máximo de recobro de las pruebas diagnósticas y de Anticuerpos para SARS- CoV-2 (COVID-19)

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos28 Junio 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos13 Julio 2022
MateriaProtección Social
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
Por la cual se define el valor máximo de recobro de las pruebas diagnósticas y de
anticuerpos para SARS- CoV-2 (COVID-19)
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial, las conferidas por
el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993; el literal i) del artículo 5 de la Ley
1751 de 2015 y el artículo 5 de la Ley 1966 del 2019 y,
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, como rector de la política pública en
salud, está en el deber de definir e implementar políticas que permitan el uso
eficiente y racional de los recursos disponibles para garantizar el derecho
fundamental a la salud a través del SGSSS, procurando, en primera medida, la
promoción de la salud y la atención integral de la enfermedad, al tiempo que
preserva la estabilidad económica y sostenibilidad del mismo frente a los recursos
dispuestos por el Gobierno Nacional, lo cual repercute en la prestación eficiente de
los servicios de salud a la población afiliada.
Que ante la identificación de casos del Coronavirus COVID-19 en el país y con el
fin de adoptar las medidas necesarias para la contención del virus y su mitigación,
este Ministerio mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, prorrogada
mediante las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020, 222, 738, 1315, 1913 de
2021, 304 y 666 de 2022 hasta el 30 de junio del 2022, declaró la emergencia
sanitaria en todo el territorio nacional y adoptó medidas sanitarias con el fin de
prevenir y controlar la propagación del COVID- 19.
Que en desarrollo de las medidas establecidas en el marco del Estado de
Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Gobierno Nacional a
través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, especialmente en lo dispuesto en
el artículo 20 del Decreto 538 de 2020 y en concordancia con la Estrategia del
Programa de Pruebas de Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible PRASS, este
Ministerio mediante la Resolución 1463 de 2020, modificada por las Resoluciones
1630 y 1808 de 2020, adoptó las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnostico
SARS CoV2 (COVID-19) que integran las canastas de servicios y tecnologías en
salud definidas en la resolución 1161 de 2020, y estableció el valor de
reconocimiento y pago a ser reconocido por parte de la ADRES con los recursos
del FOME.
Que el Consejo de Estado en fallo de control inmediato de legalidad declaró que
las Resoluciones 1161, 1463 y 1630 de 2020 se encontraban ajustadas a derecho
para lo cual precisó que estas normas estarían vigentes durante la emergencia

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