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Proyecto de Resolución del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por la cual se establece la Clasificación de las Funciones del Gobierno adaptada para Colombia (COFOG A.C.) y se dictan otras disposiciones

Fecha de Fin de Comentarios Públicos09 Junio 2020
Año2020
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Mayo 2020
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
RESOLUCIÓN NÚMERO XXXX DE 2020
(XX DE XX)
REPUBLICA DE COLOMBIA
Por la cual se establece la Clasificación de las Funciones del Gobierno adaptada para Colombia (COFOG A.C.) y se
dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA DANE
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el artículo 2 del Decreto
262 de 2004, el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1170 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2 del Decreto 262 de 2004, en su numeral 1, determina dentro de las funciones generales del
Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, relativas a la producción de estadísticas estratégicas,
la de “ordenar, administrar, adaptar y promover el uso de las clasificaciones y nomenclaturas internacionales en el
país, para la producción de la información oficial básica”.
Que así mismo, esta norma establece en su artículo 17 que son funciones de la Dirección de Regulación, Planeación,
Estandarización y Normalización (DIRPEN) del DANE, entre otras, “4 Elaborar los proyectos de oficialización, adopción
y adaptación de las nomenclaturas y clasificaciones usadas en el país para la producción de la información oficial
básica y promover el uso de las mismas. (…) 5. Elaborar lineamientos en materia de estandarización y normalización
para la interoperabilidad de los sistemas de información oficial básica. (…) 6. Promover la adaptación de las
clasificaciones, nomenclaturas, correlativas y, en general, la normalización conceptual que requiere el desarrollo de
las estadísticas económicas y sociales de responsabilidad del Departamento”.
Que en virtud del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019, se creó
el Sistema Estadístico Nacional-SEN con el propósito de proporcionar a la sociedad y al Estado estadísticas oficiales
nacionales y territoriales de calidad. Asimismo, dispuso que en el marco del SEN se utilicen lenguajes y procedimientos
comunes, respetando los estándares estadísticos internacionales y los objetivos del código de buenas prácticas en
materia estadística.
Que el artículo 2.2.3.1.1. del Decreto 1170 de 2015, precisó que la finalidad del SEN es “(…) establecer e implementar
un esquema de coordinación y articulación entre los componentes que lo conforman, que permita mejorar la
información estadística producida para la toma de decisiones a nivel nacional y territorial con estándares de calidad,
con lenguajes y procedimientos comunes, respetuosos de los estándares es tadísticos internacionales y que
contribuyan a la transparencia, pertinencia, interoperabilidad, acceso, oportunidad y coherencia de las estadísticas
producidas en el país; de modo que la formulación de políticas públicas esté soportada en evidencia verificable que
propenda por una mejora en las condiciones de vida de la sociedad en general (…)”.
Que el artículo 2.2.3.1.6 del Decreto 1170 de 2015, modificado por el Decreto 2404 de 2019, establece que el DANE
como ente rector del SEN debe ejercer la regulación de la producción estadística a través de la actualización del
Código Nacional de Buenas Prácticas para las estadísticas oficiales, el Programa Anual Evaluación para la Calidad
Estadística, la definición de lineamientos, normas y estándares del proceso estadístico y aprovechamiento de los
registros administrativos.
Que en marzo de 1999 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a través de la Comisión de Estadística aprobó
en su 30° período de sesiones cuatro clasificaciones de gastos por finalidades, entre ellas, la Clasificación de las
Funciones del Gobierno (COFOG), la cual es una clasificación detallada de las funciones u objetivos socioeconómicos,
que persiguen las unidades del gobierno general por medio de distintos tipos de gasto. Asimismo, permite identificar
el gasto que realiza el Gobierno de acuerdo con las finalidades o las funciones públicas, mostrando la naturaleza de
los servicios que prestan las instituciones en nombre del Estado.

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