Proyecto de Resolución del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por la cual se adopta el Plan Estadístico Sectorial Agropecuario -PES Agropecuario- 2022-2026" y su respectivo soporte técnico - Proyectos Normativos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 903125658

Proyecto de Resolución del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por la cual se adopta el Plan Estadístico Sectorial Agropecuario -PES Agropecuario- 2022-2026" y su respectivo soporte técnico

Año2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos19 Mayo 2022
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos05 Mayo 2022
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
Por la cual se adopta el Plan Estadístico Sectorial Agropecuario -PES
Agropecuario- 2022-2026
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y EL
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo
208 de la Constitución Política; numerales 3 y 11 del artículo 59 y artículo 61
literal a) de la Ley 489 de 1998; artículo 2 numeral 1 literal h) del Decreto 262
de 2004; artículo 6 numeral 28 del Decreto 1985 de 2013, artículo 155 de la
Ley 1955 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 208 de la Constitución Política dispone que los ministros y los
directores de departamentos administrativos bajo la dirección del Presidente de
la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho,
dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.
Que de conformidad con lo dispuesto en los numerales 3 y 11 del artículo 59 de
la Ley 489 de 1998, le corresponde a los ministerios y departamentos
administrativos cumplir las funciones y atender los servicios que les están
asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las
normas necesarias para tal efecto y, velar por la conformación del Sistema
Sectorial de Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento.
Que el literal a) del artículo 61 de la mencionada ley, dispone que, es función de
los ministros ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el
Presidente de la República les delegue o la ley les confiera y vigilar el
cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias
del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios de este.
Que el artículo 2 numeral 1 literal h) del Decreto 262 de 2004 establece como
una de las funciones generales del Departamento Administrativo Nacional de
Estadísticas (DANE), coordinar y asesorar la ejecución del Plan Estadístico
Nacional y de los planes estadísticos sectoriales y territoriales, hacer su
seguimiento, evaluación y divulgación.

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