Proyecto de Resolución Factor Regional Tasa Retributiva "Por medio de la cual EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el Artículo 31 de la Ley 99 de 1993, los artículos 2.2.9.7.3.6 y 2.2.9.7.4.3 del Decreto 1076 de 2015 - Proyectos Normativos de la Corporación Autónoma Regional Cundinamarca - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 900354562

Proyecto de Resolución Factor Regional Tasa Retributiva "Por medio de la cual EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el Artículo 31 de la Ley 99 de 1993, los artículos 2.2.9.7.3.6 y 2.2.9.7.4.3 del Decreto 1076 de 2015

Año2015
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Dirección General
República de Colombia
RESOLUCIÓN No DE
Av. Esperanza # 62-49 Costado Esfera - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Teléfono 5801111Email sau@car.gov.co
Bogotá, Cundinamarca, Colombia.
GJU-PR-03-FR-02 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 1 de 5
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA CAR, en uso de las facultades legales y estatutarias, en
especial las que le confiere el Artículo 31 de la Ley 99 de 1993, los artículos
2.2.9.7.3.6 y 2.2.9.7.4.3 del Decreto 1076 de 2015, y
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES.
Que mediante la Resolución DGEN 20217000184 del 26 de abril de 2021, se
fijó el factor regional para las cuencas y tramos de cuenca de segundo orden
que forman parte de la jurisdicción de la Corporación, para el periodo de
facturación entre el 1 de enero de 2020 y el 31 diciembre de 2020 y se adoptó la
tarifa mínima para la determinación de la tarifa mínima de la tasa retributiva.
Que dicho factor regional, se fijó con base en la evaluación del cumplimiento de
metas de carga contaminante referido en el Acuerdo CAR 20 de 2020.
Que al Acuerdo CAR 20 de 2020, se le practicó un ajuste, mediante el Acuerdo
24 de 2021 “Por medio del cual se modifican los Anexos 1 y 2 del Acuerdo CAR
20 de 2020, a través del cual se estableció la meta global de carga contaminante
para la cuenca del río Bogotá, para el periodo comprendido entre el 1 de enero
de 2020 y el 31 de diciembre de 2024”, hecho que generó a su vez el ajuste del
factor regional para el periodo 2020 en los tramos 2 y 6 de la cuenca río Bogotá.
Que la aplicación de los ajustes realizados por medio del Acuerdo CAR 24 de
2021, dio lugar a la modificación de los factores regionales de los tramos 2 y 6
de la cuenca del río Bogotá en el parámetro SST para la vigencia 2020; razón
por la cual se hace necesario modificar la Resolución DGEN 20217000184 del
26 de abril de 2021, la cual fijó los factores regionales para la vigencia 2020,
previo a la emisión de la resolución que fijará los factores regionales de las
cuencas y tramos de cuenca de segundo orden que forman parte de la
jurisdicción de la Corporación para el periodo de facturación 2021 de la tasa
retributiva; puesto que éstos constituyen una de las variables dentro del análisis
para el nuevo factor regional.
Que mediante la Resolución DGEN 20227000134 del 01 de abril de 2022, se
modificó la Resolución DGEN No. 20217000184 de 26 abril de 2021, mediante
la cual se fijó el factor regional para las cuencas y tramos de cuenca de segundo
orden que forman parte de la jurisdicción de la Corporación, del periodo de
facturación 2020 de la tasa retributiva.
Que por medio del Informe Técnico DESCA 351 del 05 de abril de 2022, la
Dirección de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental, recomendó los
valores de factor regional para el periodo de facturación 2021 para los tramos de

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