Proyecto de Resolución "Por el cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que componen el Mapa de Áreas” Por el cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que componen el Mapa de Áreas, 2021 - Proyectos Normativos de Agencia Nacional de Hidrocarburos - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 878195668

Proyecto de Resolución "Por el cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que componen el Mapa de Áreas” Por el cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que componen el Mapa de Áreas, 2021

Fecha de publicación10 Agosto 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos17 Agosto 2021
Año2021
RESOLUCIÓN No.
“Por la cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que
componen el Mapa de Áreas”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana d e la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
ANH-GDO-FR-08 Versión No. 1 pág. 1 de 3
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH-,
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el
artículo 9º del Decreto 714 de 2012 y las atribuidas por el Acuerdo 006 de 2021 del Consejo
Directivo de la ANH, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 714 de 2012, la Agencia Nacional
de Hidrocarburos, ANH, tiene como objetivo administrar integralmente las reservas y recursos
hidrocarburíferos de propiedad de la Nación; promover el aprovechamiento óptimo y
sostenible de los recursos hidrocarburíferos y contribuir a la seguridad energética nacional.
Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto 714 de 2012, corresponde al Consejo
Directivo de la ANH, “(…) 4. Definir los criterios de administración y asignación de las áreas
hidrocarburíferas de la Nación para su exploración y explotación; 5. Establecer los parámetros
para el diseño, ejecución y evaluación de estrategias de promoción nacional e internacional
de la exploración y explotación de hidrocarburos.; 6. [y] Establecer las reglas y procedimientos
a los cuales deberá sujetarse la adquisición, integración y utilización de la información técnica
para la exploración de hidrocarburos.”
Que en ejercicio de las funciones atribuidas al Consejo Directivo de la ANH, este expidió el
Acuerdo 02 del 18 de mayo de 2017, Por el cual se sustituye el Acuerdo No. 4 de 2012, que
en su artículo 5 indicó la determinación, delimitación, clasificación y regulación de Áreas, en
los siguientes términos:
(…) Corresponde a la ANH determinar, delimitar y clasificar Áreas para el desarrollo de
actividades de Exploración y Producción de Hidrocarburos, con sujeción a la Constitución
Política, a los tratados internacionales ratificados por Colombia, y al régimen jurídico superior
sobre el subsuelo, en materia de ordenamiento territorial, de recursos naturales renovables y de
protección del medio ambiente, en función de su naturaleza y localización geográfica; de sus
características geológicas y de la información técnica disponible sobre el subsuelo; de su
situación jurídica y contractual, y de los procesos de migración y entrampamiento de los
Hidrocarburos.
Con el resultado de esas actividades, la ANH debe elaborar en forma progresiva, actualizar
periódicamente, publicar y mantener a disposición de los interesados, un Mapa de Áreas en el
que se identifiquen aquellas Reservadas, Asignadas y Disponibles, es decir, susceptibles de
asignación con arreglo al presente Reglamento y sus desarrollos. Respecto de las segundas,
Asignadas, debe precisar si se encuentran en Evaluación Técnica, en Exploración o en
Producción.
En la determinación, clasificación, delimitación y/o regulación de Áreas susceptibles de
asignación para Exploración y Explotación de Hidrocarburos, así como para la ejecución de estas
actividades, deben tomarse en consideración los procedimientos de consulta y de coordinación
con los entes territoriales y con las comunidades o grupos étnicos, que se hubieran adelantado
o que se adelanten en las oportunidades legales pertinentes, con arreglo al ordenamiento
superior que regule la materia de que se trate. La ANH está facultada para acometer
directamente tales procedimientos o para acompañar a Interesados, Proponentes y Contratistas
en la ejecución de los que sean de su responsabilidad.
De igual manera, esas actividades deben descartar las superficies correspondientes a zonas
reservadas, excluidas, protegidas o restringidas por autoridad competente, con fundamento en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR