Proyecto de Resolución "Por medio de la cual se dictan lineamientos para el Área de Importancia para la Conservación de las aves –AICA– “Paraíso de Aves del Tabor y el Magdalena”, ubicado en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR" - Proyectos Normativos de la Corporación Autónoma Regional Cundinamarca - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 877956699

Proyecto de Resolución "Por medio de la cual se dictan lineamientos para el Área de Importancia para la Conservación de las aves –AICA– “Paraíso de Aves del Tabor y el Magdalena”, ubicado en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR"

Año2021
LA SECRETARIA GENERAL Y ASUNTOS LEGALES DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en ejercicio de las facultadas delegadas por la Directora General mediante la Resolución No

Cor poración Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR

Dirección de Gestión del Ordenamiento Ambiental y Territorial - DGOAT

República de Colombia




RESOLUCIÓN No DE


Por medio de la cual se dictan lineamientos para el Área de Importancia para la Conservación de las aves –AICA– “Paraíso de Aves del Tabor y el Magdalena”, ubicado en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR–”


EL DIRECTOR DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR,


En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas por el artículo 27 (literal g) de la ley 99 de 1993; y los númerales 1 y 25 del artículo 46 del Acuerdo 48 del 23 de febrero de 2021, por medio de la cual se modifican los Estatutos de la Corporación



CONSIDERANDO:


Que de conformidad con el artículo 8 de la Constitución Política Nacional, se consagran deberes compartidos entre el Estado y los particulares como la obligación de proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación, obligaciones exclusivas que convergen en proteger los recursos naturales del país y velar por la conservación del ambiente sano.


Que conforme con los artículos 79 y 80 de la Constitución Nacional de Colombia: es deber del Estado garantizar la protección de la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de tales fines; así como planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para permitir su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.


Que el artículo 58 de la Constitución Nacional de Colombia garantiza la propiedad privada, que a su vez implica obligaciones por tener una función social y ecológica. Esto significa que todos los habitantes del país tienen el deber correlativo de colaborar con las autoridades en la conservación y el manejo adecuado de los suelos, en los casos en que deban aplicarse normas técnicas, con el fin de evitar su pérdida o degradación, lograr su recuperación y asegurar su conservación.


Que, de igual forma, el artículo 95 (numeral 8°) de la Constitución Política, consagra el deber de toda persona de proteger los recursos culturales y naturales del país, y velar por la conservación de un ambiente sano.


Que la Ley 99 de 1993 establece en su título I el Fundamento de la Política Ambiental Colombiana, la cual se regirá por los siguientes Principios Generales Ambientales:


La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible”; “Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial”; “La formulación de las políticas ambientales estarán basadas en los resultados de la investigación científica”; y “La acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado (…)”


Que los Decreto 2372 recopilado en el Decreto único 1076 del 2015, reglamentó el Sistema Nacional de Áreas protegidas y las categorías de manejo que lo conforman, entre otras, estableciendo los siguientes tres objetivos generales de conservación: a) Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica. b) Garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano. c) Garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.

Qué las Área de Importancia para la Conservación de las Aves -AICA son prioritarias para la conservación, teniendo en consideración la existencia de especies de aves endémicas y en peligro de extinción.

Qué varios sectores altos de las cadenas montañosas de la vertiente occidental de la cordillera oriental dentro de las provincias del Magdalena Centro y Alto Magdalena en el departamento de Cundinamarca, especialmente el cerro del Tabor y sus alrededores, son utilizados cada año por las épocas de septiembre - octubre como sitios de descanso por las bandadas de aves rapaces diurnas (Falconiformes) que migran desde el norte de Canadá y Estados Unidos con rumbo a la provincia de Mendoza en la república de la Argentina; estas mismas aves durante los meses de marzo –abril retornan al norte, utilizando las mismas montañas como sitios de paso.


Qué en el año 2008, la CAR contrató al investigador Cesar Márquez Reyes, para que realizara un estudio de las aves rapaces (Falconiformes) residentes y migratorias en el Cerro del Tabor y su área de influencia, mediante un diagnóstico completo que incluyera el inventario de las aves, la problemática de la cacería, un análisis de las especies encontradas y los hábitats o ecosistemas asociados. Con base a los resultados de campo obtenidos se generó un documento denominado comunidades de aves rapaces diurnas (falconiformes) como bioindicadoras de la calidad y estado de los ecosistemas del cerro El Tabor. Documento que determinó las áreas importantes para su conservación que conforman en conjunto un corredor biológico muy importante para la flora y la fauna.


Qué por su parte, algunos cafeteros de los municipios de San Juan de Rioseco y Pulí realizaron durante cerca de un año, un inventario detallado de las aves que se encuentran dentro de la franja altitudinal del límite cafetero (1300 a 1800 m.s.n.m.), trabajo que contó con el acompañamiento de profesionales del Centro Nacional de Investigaciones de Café –CENICAFE-. En este trabajo denominado aves de la zona cafetera de los municipios de San Juan de Rioseco, Pulí y Beltrán en el departamento de Cundinamarca, se identificaron 48 especies de aves registradas en varios sitios (más de 20.000 hectáreas, dado que no se realizó solamente en los sectores cultivados con café, también en las zonas de influencia).


Qué a finales del año 2014, el profesional especializado de la CAR Álvaro Arias Bernal, en cumplimiento de la formulación del Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora - Productora Cerro El Tabor, supervisó una serie de actividades tendientes a crear conciencia sobre la necesidad de proteger las aves migratorias y las nativas en la región y cambiar los hábitos de cacería. Para ello se desarrollaron las siguientes estrategias:


  • Instalación de tres vallas informativas que se localizaron en: el sector poblado de San Nicolás (jurisdicción de San Juan de Rioseco) sobre la margen izquierda de la carretera que conduce al municipio de Pulí; en la vereda Paramón (jurisdicción del municipio de Pulí) sobre la margen izquierda de la vía que conduce a Pulí, y una tercera a la entrada del sector urbano de Gramalotal (jurisdicción del municipio de Beltrán) sobre la margen derecha de la vía que conduce de Cambao a Girardot.

  • Diagramación, impresión y entrega de 1000 calendarios del año 2014 alusivos a las aves rapaces con las gráficas de las aves migratorias, sus nombres científicos y vulgares. Los calendarios fueron distribuidos en las oficinas de las administraciones municipales de los municipios de San Juan de Rioseco, Pulí, Beltrán, Vianí, Bituima, Guayabal de Síquima y Guataquí; igualmente en las escuelas veredales de los municipios de San Juan de Rioseco, Pulí y Beltrán; tiendas, billares y establecimientos públicos de gran concurrencia, y finalmente a algunos propietarios de fincas. Esta estrategia logró captar la atención de una buena parte de la población y tomar conciencia del daño ambiental que se ocasiona a la fauna salvaje.

  • Entrega de 45 kits educativos en 17 escuelas veredales en el área de influencia del cerro El Tabor, como material lúdico con el propósito de enseñar a los escolares en forma recreativa los aspectos importantes de las aves migratorias.

  • Talleres dirigidos a los cazadores de la región para informarles sobre las consecuencias de la cacería y las implicaciones penales.

  • Talleres con los concejos municipales y administraciones municipales para comprometerlos en realizar acciones tendientes a la protección de las aves.

Qué en la reunión con la administración de Pulí, el doctor Fabio Charry,...

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