Proyecto de resolución. Por medio de la cual se distribuyen y asignan los recursos destinados a la cofinanciación de las atenciones de urgencia prestadas a la población migrante, entre departamentos y distritos - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 877634441

Proyecto de resolución. Por medio de la cual se distribuyen y asignan los recursos destinados a la cofinanciación de las atenciones de urgencia prestadas a la población migrante, entre departamentos y distritos

Fecha de Fin de Comentarios Públicos05 Noviembre 2021
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Noviembre 2021
MateriaProtección Social
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021
( )
Por medio de la cual se distribuyen y asignan los recursos destinados a la cofinanciación
de las atenciones de urgencia prestadas a la población migrante, entre departamentos y
distritos.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 3 y 7 de
la Ley 100 de 1993, el artículo 110 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, la
Seguridad Social en Salud es un servicio público de carácter obligatorio en cabeza del Estado,
el cual fue regulado a través de la Ley Estatutaria 1751 de 2015.
Que el artículo 67 de la Ley 715 de 2001 establece que “La atención inicial de urgencias debe
ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades públicas y privadas que presten
servicios de salud a todas las personas. Para el pago de servicios prestados su prestación no
requiere contrato ni orden previa (…)”.
Que el numeral 2.11 del artículo 43 de la Ley 715 de 2001, adicionado mediante el artículo
232 de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
“Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, establece que a las entidades territoriales les
compete “Ejecutar los recursos que asigne el Gobierno nacional para la atención de la
población migrante y destinar recursos propios, si lo considera pertinente.”
Que ante la necesidad de recursos manifestada por los departamentos y distritos para
financiar las atenciones de urgencias prestadas a la población migrante regular no afiliada e
irregular, el Ministerio de Salud y Protección Social solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público MHCP- asignar los recursos para el pago de las deudas de las entidades territoriales
con la red de prestadores de servicios de salud por este concepto.
Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 1199 del 4 de octubre de 2021 “Por el cual
se liquidan los recursos adicionados en la Ley 2155 de 2021 al Presupuesto General de la
Nación de la vigencia fiscal de 2021”, adicionó al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento
del Ministerio de Salud y Protección Social, Unidad 1901-01 Gestión General en el rubro
Cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 4 Otras transferencias del Gobierno
Nacional, Ordinal 067-Mejoramiento de la red de urgencias y atención de enfermedades
catastróficas y accidentes de tráfico, una partida por valor de quinientos mil millones de pesos
($500.000.000.000).
Que el 15 de octubre de 2021 la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio
solicitó a los representantes legales de los departamentos y distritos y al Director Ejecutivo del
Fondo Financiero Distrital de Salud remitir la información de la deuda auditada, conciliada,
reconocida y pendiente de pago, por concepto de atenciones de urgencias prestadas a la
población migrante, cuya facturación fue radicada con corte al 30 de abril de 2021 por parte

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