Proyecto de resolución. Por la cual se modifica la Resolución 113 de 2020 - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 878750665

Proyecto de resolución. Por la cual se modifica la Resolución 113 de 2020

Año2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos12 Diciembre 2021
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Diciembre 2021
MateriaProtección Social
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021
( )
Por la cual se modifica la Resolución 113 de 2020
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales, es especial, de las previstas por el numeral 3
del artículo 59 de la Ley 489 de 1998; los artículos 10, numeral 1, literal e), de la Ley
Estatutaria 1618 de 2013, 2, numerales 23 y 30 del Decreto - Ley 4107 de 2011, el
parágrafo del artículo 81 de la Ley 1753 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 1346 de 2009 establece que las personas con discapacidad, al interactuar
con diversas barreras, pueden ver impedida en igualdad de condiciones su
participación plena y efectiva en la sociedad.
Que, a través de la Ley 1618 de 2013, se establecieron disposiciones para garantizar
el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción
de, entre otras, medidas de inclusión y acciones afirmativas, en cuyo marco, el literal
e) del numeral 1 del artículo 10 estableció que este Ministerio debía promover el
sistema de Registro de Localización y Caracterización de las Personas con
Discapacidad (RLCPD), y de sus familias, así como de incorporar la variable
discapacidad en los demás sistemas de protección social y sus registros
administrativos.
Que, el numeral 5 del artículo 5 de la misma Ley consagró la responsabilidad de las
entidades públicas de actualizar el RLCPD. El numeral 10 ibídem, por su parte
estableció que las entidades del orden territorial deberían incluir en sus presupuestos
los recursos para la implementación de acciones en favor del ejercicio de los derechos
de las personas con discapacidad.
Que, de otro lado, el parágrafo del artículo 81 de Ley 1753 de 2015, señala que esta
Cartera Ministerial implementará la certificación de discapacidad para la inclusión y re
direccionamiento de la población con discapacidad a la oferta programática e
institucional.
Que, en el marco de la precitada normativa, este Ministerio ha venido avanzando en
la consolidación del RLCPD, como instrumento para establecer la fuente oficial de
información respecto de las personas con discapacidad; la construcción de las
políticas públicas; el desarrollo de planes, programas y proyectos de los derechos de
este grupo poblacional, y medio de verificación y priorización para el direccionamiento
de la oferta programática institucional.
Que, mediante Resolución 113 de 31 de enero de 2020, se dictaron las disposiciones

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