Proyecto de resolución. Por la cual se modifica la Resolución 510 de 2022 - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 915781064

Proyecto de resolución. Por la cual se modifica la Resolución 510 de 2022

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos02 Diciembre 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Diciembre 2022
Año2022
MateriaProtección Social
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
Por la cual se modifica la Resolución 510 de 2022
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los
artículos 173, numeral 3 de la Ley 100 de 1993 y 15 de la Ley 1966 de 2019 y,
CONSIDERANDO
Que la Ley 1966 de 2019 en el artículo 15 dispuso que todos los prestadores de servicios
de salud están obligados a generar factura electrónica para el cobro de los servicios y
tecnologías en salud, la cual debe ser presentada a la DIAN y a su vez, ante la entidad
responsable de pago con sus soportes en el plazo establecido en la ley; además señaló
que el Ministerio de Salud y Protección Social definiría los lineamientos, soportes y
términos que deben cumplir las facturas, incluyendo los requisitos asociados al Registro
Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS-.
Que el Gobierno nacional a través del Decreto 358 de 2020 reglamentó la factura de venta
o documento equivalente, precisando para el efecto en el artículo 1.6.1.4.8, que los
requisitos corresponderán a los que fije la Unidad Administrativa Especial Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales ––DIAN sin perjuicio de que la factura de venta de
talonario o de papel y los documentos equivalentes, puedan incorporarse como requisitos
adicionales que, para cada sector, indiquen las autoridades competentes, para lo cual, en
en todo caso, deberá cumplirse con las condiciones, términos, mecanismos técnicos y
tecnológicos determinados por dicha Dirección.
Que mediante la Resolución 042 de 2020, modificada por las Resoluciones 94, 99 de
2020, 12 de 2021, 15 de 2021, 37 de 2021, 63 de 2021 y 167 de 2021, la DIAN desarrolló
los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura
electrónica de venta como título valor y habilitó la URL
http://url.minsalud.gov.co/facturacion-electronica para incluir la información propia del
sector salud.
Que, mediante la Resolución 510 de 2022 este Ministerio adoptó los campos de datos
adicionales en formato XML para la generación de la factura electrónica de venta del
sector salud, a través del anexo técnico que hace parte integral del acto administrativo, el
cual fue dispuesto en la URL http://url.minsalud.qov.co/facturacion-electronica, cuya
obligatoriedad se dispuso a partir del 1 de enero el 2023.
Que, para la adecuada implementación de la factura electrónica de venta en salud y del
Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS que la soporta, se hace
necesario expedir por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, los actos
administrativos que adoptan las soluciones informáticas complementarias relacionadas
con el mecanismo de validación única del RIPS establecido mediante la Resolución No.
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA Nº 2
Continuación de la resolución “Por la cual se modifica la Resolución 510 de 2022
1036 de 2022 , que certificará la estructura, contenido y relación de los datos, la plataforma
de servicios web para transferencia y envío del RIPS, y la actualización del manual único
de devoluciones, glosas y respuestas, normas que se encuentran en proceso de
expedición con la activa participación de las distintas entidades del sector salud, quienes
además, han manifestado la necesidiad de disponer de más tiempo para atender
situaciones que les permita realizar las adecuaciones necesarias para su efectiva
operación.
Que, adicionalmente y según las observaciones recibidas por los agentes del sector salud,
en relación con las limitaciones en la estructura de los campos de datos adicionales de la
factura electrónica de venta en salud y su articulación con los RIPS, se hace necesario
ajustar las específicaciones Técnicas y las instrucciones de su diligenciamiento
contenidas en el anexo técnico de la Resolución 510 de 2022.
Que, conforme lo anterior es necesario disponer de un periodo adicional al previsto en la
Resolución No. 510 de 2022, y a su vez modificar el anexo técnico en aras de ajustar las
nuevas estructuras de datos, reglas de validación y flujo de la información.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 510 de 2022, el cual quedará así:
Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar los campos de datos adicionales,
en formato XML, para la generación de la factura electrónica de venta del sector salud,
contenidos en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución y
articularlo con el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud RIPS como
soporte de la factura electrónica y establecer disposiciones para su trámite.
El anexo técnico, que hace parte integral de la presente resolución, se dispondrá en la URL
http://url.minsalud.gov.co/facturacion-electronica y deberá ser adoptado obligatoriamente
por los facturadores electrónicos del sector salud a partir del 1 de enero de 2024,
disponiendo estas entidades hasta esta fecha para realizar la adecuación de sus sistemas
de información al cumplimiento de lo previsto en la presente resolución..
Artículo 2. Sustitúyase el Anexo Técnico “CAMPOS DE DATOS ADICIONALES DEL
SECTOR SALUD INCLUIDOS EN LA GENERACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA
DE VENTA que hace parte integral de la Resolución 510 de 30 de marzo de 2022.
Artíulo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
CAROLINA CORCHO MEJÍA
Ministra de Salud y Protección Social
Viceministra de Protección Social
Directora de Regulación, Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud
Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación
Directora Jurídica

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