Proyecto de resolución. Por la cual se modifican los artículos 2, 5 y 11 de la Resolución 1440 de 2021 con relación al documento transitorio para demostrar la conformidad y corrección de dos yerros - Proyectos Normativos del Ministerio de Salud - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 899428555

Proyecto de resolución. Por la cual se modifican los artículos 2, 5 y 11 de la Resolución 1440 de 2021 con relación al documento transitorio para demostrar la conformidad y corrección de dos yerros

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos30 Marzo 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Abril 2022
Año2022
MateriaProtección Social
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
( )
Por la cual se modifican los artículos 2, 5 y 11 de la Resolución 1440 de 2021 con relación
al documento transitorio para demostrar la conformidad y corrección de dos yerros
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por los artículos 551, 552 y 553
de la Ley 9 de 1979 y el numeral 30 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, y,
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Salud y Protección Social el 20 de septiembre de 2021 expidió la
Resolución 1440 de 2021 “Por la cual se expide el reglamento técnico para vajillas y artículos
de vidrio, cerámica y vitrocerámica en contacto con alimentos, y los artículos de cerámica
empleados en la cocción de los alimentos, que se fabriquen, importen y comercialicen en el
territorio nacional".
Que en el citado reglamento técnico se fijan los requisitos que deben cumplir los fabricantes
e importadores los productos allí establecidos en cuanto los límites permisibles para
liberación de plomo y cadmio, con el fin de garantizar la seguridad asociada a su uso, con el
propósito de eliminar o prevenir adecuadamente los riesgos para la salud y la seguridad
humana.
Que, para cumplir con los requisitos sobre los límites de plomo y cadmio, se señaló en el
artículo 10 de la Resolución 1440 de 2021, el documento con el cual se debe demostrar la
conformidad de los productos, así: “…Certificado de Conformidad expedido por un Organismo
de Certificación Acreditado por el ONAC o por un organismo de certificación acreditado por un
Organismo de Acreditación perteneciente a los Acuerdos de Reconocimiento Multilateral (MLA)
del Foro Internacional de Acreditación (IAF), del cual ONAC es signatario, bajo la norma técnica
ISO/IEC 17065 o la norma que la modifique o sustituya, con alcance a este reglamento, en
observancia de lo establecido en el Decreto 1074 de 2015, o la norma que lo modifique o
sustituya”.
Que, se estableció como mecanismo transitorio para demostrar la conformidad de los
productos regulados en ese reglamento técnico, una declaración de Conformidad de Primera
Parte, de acuerdo con lo contenido en su artículo 11, en concordancia con los requisitos y
formatos establecidos en la norma técnica ISO/IEC 17050 (Partes 1 y 2) o la norma que la
modifique o sustituye.
Que, la Cámara de Electrodomésticos de la Asociación Nacional de Empresarios de
Colombia ANDI, el día 19 de enero de 2022, con el número de radicado 202242300146622
de este Ministerio, solicitó ampliar de treinta (30) días a noventa (90) días calendario el
término de validez de las declaraciones de primera parte previsto en el artículo 11 de la
Que, algunos importadores y fabricantes de los artículos de vidrio, cerámica y vitrocerámica,
incluidos como accesorios de otros productos principales, o de partes que contengan
recubrimientos en estos materiales y que entran en contacto con alimentos, a la fecha no
han logrado obtener la Declaración de Conformidad de Tercera Parte, y en razón a que
puede verse afectado el comercio de esos artículos, se hace necesario conceder un plazo
para que amparen sus productos por un tiempo a través de la Declaración de Primera Parte,
plazo que se considera hasta el 1º de noviembre del 2022. Durante este plazo, los obligados
deberán obtener la Declaración de Tercera Parte para dar cumplimiento al Reglamento
Técnico expedido mediante la Resolución 1440 de 2021.

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