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Proyecto de para de Superintendencia Nacional de Salud, 2022

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos17 Agosto 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos25 Agosto 2022
Fecha25 Agosto 2022
Proyecto Circular Externa modificación archivos técnicos


PROCESO

ADMINISTRACIÓN DE LA GESTIÓN DOCUMENTAL

CÓDIGO

GDFL03

FORMATO


CIRCULAR EXTERNA


VERSIÓN

1



CIRCULAR EXTERNA RA_NOTI_S DE ANHO_S


DIA_S-MES_S-ANHO_S


PARA: TODAS LAS ENTIDADES SOMETIDAS A INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD.


DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD.


ASUNTO: POR EL CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN CONSAGRADAS EN LAS CIRCULARES EXTERNAS 08 DE 2018, 17, 18 DE 2020, 04 DE 2018 CIRCULAR 647 DE 2022, Y OTRAS RELACIONADAS CON EL REPORTE DE INFORMACIÓN.



FECHA: DIA_S-MES_S-ANHO_S



  1. ANTECEDENTES


La Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de las funciones de Inspección, Vigilancia y Control consagradas en el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007, cumple las funciones de “vigilar el cumplimiento con lo dispuesto en las normas que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y proteger los derechos de los usuarios, en especial, el derecho del aseguramiento, acceso al servicio y atención en salud”.


Es así como, esta Superintendencia expidió la Circular Externa 018 de 2020 con el fin de asegurar la prestación efectiva de los servicios de salud a la población en el territorio colombiano en el contexto de la pandemia por COVID-19, de acuerdo con las competencias de los actores del Sistema y con fundamento en los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS - y el Instituto Nacional de Salud – INS; no obstante, en la actualidad, el desarrollo de plataformas tecnológicas por parte del Ministerio de Salud y Protección Social e Instituto Nacional de Salud permite el acceso a información objeto de solicitud en el marco de la Circular Externa 0018 de 2020.


Con el fin de permitir el acceso y afiliación a los migrantes venezolanos en los sistemas que integran el Sistema de Protección Social, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 1178 de 2021, por la cual se adoptó el Permiso de Protección Temporal (PT) como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en los sistemas que integran el Sistema de Protección Social, dentro de las cuales se encuentra el Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS, promoviendo la afiliación de esta población en los regímenes contributivo y o subsidiado e incluyendo como beneficiarios a su núcleo o grupo familiar.


Con ocasión de la pandemia del COVID- 19 el Ministerio de Salud adoptó la Resolución 391 de 2022 con el objeto de definir las condiciones y la estructura de datos que deberían cumplir los municipios, distritos y departamentos con área no municipalizadas, para el reporte de la información de las personas que habitan en sus jurisdicciones y no cuentan con un documento de identidad expedido por el Estado colombiano para identificarse y de las personas que transitan en zona de frontera, por lo anterior, se dispuso de un documento extranjero (DE), con el fin de pertenecer al Plan Nacional de Vacunación contra el COVID- 19,conforme al mecanismo de censo de que trata el artículo 8 del Decreto 109 de 2021.


Además, el Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de las atenciones a la población infantil con presunción o diagnóstico de cáncer, emitió el Decreto 647 de 2022, donde se adiciona el capítulo 6 al título 2 de la parte 5 del libro 2 del Decreto 780 de 2016, Reglamento Único de Salud y Protección Social. Es así como, en el artículo 2.5.2.6.4 “Facturación y proceso de radicación” se dispone por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, tener facturado de forma independiente los servicios o tecnologías relacionados a la presunción o diagnóstico de cáncer a la población menor de edad de las demás atenciones en salud y radicarse ante las Entidades Promotoras de Salud y las Entidades Adaptadas, especificando la población destinataria de los servicios facturados. Adicionalmente los prestadores coordinarán con las entidades responsables de pago, el método para radicar e identificar las facturas por concepto de atenciones en salud a la
población menor de edad con presunción o diagnóstico de cáncer.


Así mismo, en el artículo 2.5.2.6.7 “Responsabilidades de las entidades promotoras de salud.” Es deber de las Entidades Promotoras de Salud “Reportar a la Superintendencia Nacional de Salud, durante los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, el detalle de las facturas o documento equivalente respecto a las cuales se les realizaron pagos en el mes inmediatamente anterior, tanto por el mecanismo de giro directo a través de ADRES, así como los pagos efectuados directamente”.


Por otro lado, el artículo 75 de la Ley 1955 de 2019 establece las competencias de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud frente a todo acto jurídico, sin consideración a su naturaleza, de nacionales o extranjeros, que tenga por objeto o efecto la adquisición directa o indirecta del diez por ciento (10%) o más de la composición del capital o del patrimonio de una Entidad Promotora de Salud.


Luego, a través del Decreto 256 del 09 de marzo de 2021 del MSPS, fue adicionado el capítulo 5 al título 2 de la parte 5 del libro 2 del Decreto 780 de 2016, que establece los requisitos y condiciones para la solicitud y aprobación del acto jurídico. Derivado de lo anterior, mediante la Resolución 00001197 del 10 de agosto de 2021 del MSPS, se establecieron los parámetros necesarios para definir e identificar el beneficio real de los actos de adquisición.


A su vez, el artículo 12 de la ley 2195 de 2022 estipula el deber de llevar a cabo medidas de debida diligencia que permitan entre otras finalidades identificar los beneficiarios reales con el objetivo de adoptar disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos con el fin de asegurar promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público.


Es por lo anterior que, se hace necesario realizar ajustes en los reportes de información relacionados con la respuesta a la pandemia por COVID-19 y atenciones de diagnóstico de cáncer infantil, y el reporte de datos relacionados con los documentos de identificación, al igual que conocer la estructura de titularidad y control de la persona jurídica identificando al beneficiario real.


  1. INSTRUCCIONES


PRIMERA: Las entidades sometidas a Inspección, Vigilancia y Control por parte de la Superintendencia Nacional de Salud deberán implementar en sus reportes de información las opciones de respuesta que se describen a continuación para los atributos (variables) relacionados con el tipo de identificación de los terceros de todos los archivos técnicos que corresponda a partir del 31 de agosto 2022:


NI: = Número de identificación tributaria

CC= Cédula de ciudadanía

CE= Cédula de extranjería

CD= Carné diplomático

PA= Pasaporte

SC= Salvoconducto

PE= Permiso especial de permanencia

RC= Registro Civil

TI= Tarjeta de Identidad

CN= Certificado de nacido vivo

NU= Número único de identificación personal

AS= Adulto sin identificación

MS= Menor sin identificación

PT= Permiso de Protección Temporal

DE= Documento Extranjero




Esto inclusión aplica para los archivos técnicos que se relacionan a continuación:


FORMATO

NOMBRE AT

IDENTIFICADOR

ATRIBUTO

189

Primas Cobradas Planes Voluntarios de Salud


Tipo de identificación del asegurado

Tipo de identificación del asegurado

190

Servicios Prestados Planes Voluntarios de Salud

Tipo de identificación del asegurado

Tipo de identificación del asegurado

FT003

Cuentas por Cobrar - Deudores

tipoIdDeudor

Tipo identificación del Deudor

FT004

Cuentas por Pagar – Acreedores

tipoIdAcreedor

Tipo identificación

Proveedor / Acreedor

FT005

Relación Causación de Costos, Gastos y Pagos Realizados

tipoIdProveedor

Tipo identificación proveedor

FT015

Directorio, Acreencias, Pasivo Cierto No Reclamado y Pago

tipoIdAcreedor

Tipo identificación de acreedor

FT017

Detalle facturas pagadas en el mes de reporte

tipoIdPrestador

Tipo identificación del Prestador/proveedor

FT021

Cronograma de...

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