¿Se pueden arrendar o vender los bienes comunes? - Propiedad horizontal, 100 lecciones básicas que debe conocer - Libros y Revistas - VLEX 741984197

¿Se pueden arrendar o vender los bienes comunes?

AutorMartha Elena Ramírez C.
Páginas181-182

Page 181

Los bienes comunes están conformados por bienes muebles e inmuebles dentro de los cuales están las zonas comunes y maquinarias y equipos de la copropiedad (residencial, comercial o mixta), que permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce y disfrute de los mismos y pertenecen en común y proindiviso a todos los copropietarios, siendo por lo tanto, inalienables e inembargables en forma separada de los bienes privados. Por esta razón básicamente, los copropietarios, reunidos en asamblea y por decisión colegiada que deberá constar en Acta expresa la autorización, podrán permitir la explotación de los bienes comunes o podrán también desafectar por este mismo medio, bienes para vendérselos a los propietarios siempre y cuando ésto, no afecte las estructuras de la edificación, ni estén en contradicción con las disposiciones urbanísticas o ambientales de la ciudad.

Al tratarse de venta o arrendamiento de un bien común, cualquier compensación económica que se obtenga, será para el beneficio de toda la copropiedad y se destinará para sufragar parte del pago de las expensas comunes de la copropiedad, siendo función exclusiva de la asamblea ordenar su destinación. Para la desafectación de...

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