¿Puedo presentar mi declaración del impuesto sobre vehículos automotores año 2016 sin pago? - Impuesto sobre vehículos automotores - Cartilla 2016. ICA Bogotá. Actualizada - Libros y Revistas - VLEX 641035089

¿Puedo presentar mi declaración del impuesto sobre vehículos automotores año 2016 sin pago?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especialista en derecho tributario de la Universidad de Salamanca, dedicado al campo tributario del nivel territorial y nacional, Asesor jurídico Tributario, Socio de impuestos de la firma Parra Asociados Abogados
Páginas148-149
Cartilla Impuesto Sobre Vehículos Automotores148
de vehículos automotores, delineación urbana, predial uni cado y plusvalía en el Distrito
Capital y se dictan otras disposiciones” en el cual en su artículo 1º se elimina el bene cio
tributario de que trata el artículo 5 del Acuerdo Distrital 9 de 1992, el cual fue rati cado por
el artículo 20 del Acuerdo 26 de 1998, relativo al descuento por matrícula de vehículos o
traslado de cuenta en el Distrito Capital del impuesto de vehículos automotores, sin perjuicio
de mantener el bene cio obtenido en vigencia de las mencionadas normas.
Sin embargo la aplicación de este bene cio estaba sujeto a que el Departamento de
Cundinamarca derogara los bene cios jados mediante resolución por la Dirección de Rentas
Departamentales, como efectivamente se hizo.
(030) ¿Pueden las Entidades Públicas Distritales contratar en arrendamiento vehículos
matriculados fuera de Bogotá D.C.?
No, el Acuerdo 352 del 23 de diciembre de 2008, “Por medio del cual se adoptan medidas de
optimización tributaria en los impuestos de vehículos automotores, delineación urbana, predial
uni cado y plusvalía en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” en el cual en su
artículo 1º, parágrafo 2º, señala que a partir de su vigencia cuando las entidades distritales
contraten vehículos en arrendamiento exigirán al contratista que el parque automotor utilizado
para la prestación del servicio se encuentre matriculado en Bogotá.
Así mismo ordena el parágrafo 3º de la citada norma que las entidades públicas distritales
deberán garantizar que la totalidad de su parque automotor que preste servicios en Bogotá
esté matriculado en la ciudad de Bogotá.
(031) Si trasladé la matrícula de mi vehículo de una ciudad diferente a Bogotá durante
la vigencia scal 2016, ¿tengo algún tipo de bene cio para el año 2016?
No, quien inscriba su vehículo por primera vez o traslade matrícula al Distrito, no tiene
bene cio alguno al efectuar esta actividad.
DOCTRINA (D.D.I.)
• Concepto 1172 del 19 de febrero de 2008. Descuento por traslado de cuenta o matricula en Bogotá
durante el año 2008.
(032) ¿Si yo matriculo mi vehículo en Bogotá en el mes de febrero de 2016, tengo
entonces derecho al descuento del 10% o para acceder a este debe el vehículo
encontrarse matriculado durante todo el año?
No, quien inscriba su vehículo por primera vez o traslade matrícula al Distrito, no tiene
bene cio alguno al efectuar esta actividad.
(033) ¿Puedo presentar mi declaración del impuesto sobre vehículos automotores
año 2016 sin pago?
No, el impuesto sobre vehículos automotores en uno de aquellos tributos en los cuales no
puede haber presentación de declaración sin constancia de pago, al punto que el artículo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR