Ni tanto que queme al santo ni tan poco que no lo alumbre - Núm. 48, Julio 2017 - Revista Con-texto - Libros y Revistas - VLEX 736739889

Ni tanto que queme al santo ni tan poco que no lo alumbre

AutorAlexis Faruth Perea S
CargoAbogado, especialista en Derecho del Mercado de Capitales y candidato a magíster en Derecho Económico de la Pontificia Universidad Javeriana
Páginas25-57
con-textorevista de derecho y economían.º 48 juliodiciembre 2017 • pp. 25-57
Ni tanto que queme
al santo ni tan poco
que no lo alumbre.
Economía colaborativa: ¿evolución
de mercado o competencia desleal?
Una visión desde el análisis económico
del derecho
alexis Faruth Perea s.2
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Resumen
Abstract
Introducción
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3. La competencia desleal como legislación necesaria
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versión de este trabajo fue presentada en la conferencia aLaCde
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al santo ni tan poco que no lo alumbre. Economía colaborativa: ¿evolución de mercado o competencia
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Universidad Externado de Colombia. Cuenta con experiencia profesional tanto en el sector privado como
en el sector público, donde ha participado en la estructuración, consultoría y defensa de instituciones
económicas y sociales, con responsabilidades que incluyen gestión jurídica, defensa en sede judicial y
administrativa de clientes, capacitación y absolución de consultas. Ha sido profesor de pregrado en la
Universidad Externado de Colombia y de maestría en la Universidad Santiago de Cali. Además, ha sido
conferencista en diversas universidades como la unamFiu (ee uu
Robert Cooter de la Asociación Latinoamericana e Ibérica de Derecho y Economía, aLaCde
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análisis económico
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3.3. Tipos de competencia desleal
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costos de transacción
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Conclusiones
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RESUMEN
En el presente artículo, el autor expondrá las razones por las cuales considera que la eco-
nomía colaborativa constituye un nuevo reto para la regulación económica, en la medida
que, si bien ella, en principio, muestra una evolución de los mercados, el hecho de que las
personas no comerciantes presten servicios que tradicionalmente contaban con barreras
regulatorias y de que haya consumidores dispuestos a pagar por tales servicios, pese a
no ser empresas vigiladas por el Estado, puede constituir, a la luz del derecho vigente,
un acto de competencia desleal, concretamente, de violación de normas. Dicho acto
consiste en que los competidores no saquen ventajas competitivas signif‌icativas frente
a otros, mediante la infracción de normas jurídicas. Este es un tema importante para el
Análisis Económico del Derecho, pues se debe estudiar el fenómeno desde la teoría de
costos de transacción. Al f‌inal del texto, se pondrá en evidencia que esta nueva forma de
transar en los mercados es una solicitud del mercado para la desregulación, pero también
presupone la necesidad de reconocer que, mientras ello ocurre, aquellos competidores
que se encuentran soportando los costos de transacción impuestos por el Estado están
en desventaja frente a estos nuevos competidores, que, con menores recursos, pueden
generar un mayor nivel de satisfacción en el consumidor.
Palabras clave: Economía colaborativa, competencia desleal, costos de transacción.
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In this article, the author will explain the reasons for which he considers that the co-
llaborative economy is a new challenge for economic regulation insofar as, although in
principle it shows an evolution of the markets, the fact that non-traders provide services
that traditionally had regulatory barriers and that consumers are willing to pay for them
despite not being companies monitored by the State, can constitute in the light of the
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análisis económico
del derecho
current law an act of unfair competition, specif‌ically that of violation of rules, which
deals with that competitors do not gain signif‌icant competitive advantages over others
by infringing legal rules. This in turn an important subject for the economic analysis of
the law, since the phenomenon must be studied from the theory of transaction costs. At
the end of the text will be highlighted the fact that this new way of trading in markets is
a market demand for deregulation but also presupposes the need to recognize that while
this occurs, those competitors who are bearing transaction costs imposed by the State
are at a disadvantage compared to these new competitors who with lower resources can
generate greater satisfactions.
Keywords: Collaborative economics, unfair competition, transaction costs.
INTRODUCCIÓN
Imagínese a un empresario del “sector regulado”, el cual, para operar en el mercado, ha
tenido que cumplir con una serie de normas que le imponen realizar erogaciones impor-
tantes para poder prestar sus servicios, como inscribirse en un registro público, que será
la plataforma para que el Estado pueda cobrarle los impuestos y las tasas tributarias que
determina la ley para su sector productivo.
Luego de meses de trámites burocráticos, y de casi desfallecer en el intento, el em-
presario en mención logra ingresar al mercado, paga las tasas tributarias al Estado y, en
general, asume los costos de la regulación. Al poco tiempo de operar, encuentra que hay
un grupo de competidores que, usando las nuevas tecnologías, eluden la regulación, lo
cual les permite disminuir costos y, en consecuencia, ofrecer a los consumidores menores
precios, situación que les proporciona servicios gratuitos cuando ingresan al mercado.
Luego de varios conf‌lictos e investigaciones administrativas, los competidores alegan
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de manera satisfactoria por años. Aducen que prestan mejores servicios a menores pre-
cios, lo que ha producido un mayor nivel de satisfacción a los clientes, quienes, a pesar
de ser conscientes de que tal servicio no es legal, optan por usarlo de manera continua.
Ante esto, teniendo en cuenta el esfuerzo que debió realizar el empresario para operar
regularmente, se pregunta: ¿acaso su conducta es contraria a las normas legales?, ¿están
estos nuevos agentes económicos compitiendo lealmente? o ¿es esto una evolución de los
mercados que exige que las empresas comprendan los nuevos gustos de los consumidores
y, por tanto, hagan procesos de reingeniería para satisfacerlos?
Sin duda, la existencia de nuevas formas de intercambio de bienes y servicios entre
personas, con un bajo nivel de intermediación, a través de plataformas tecnológicas,
donde unas ofrecen recursos excedentarios a otras que los valoran y que están dispuestas
a pagar por ellos supone un nuevo panorama, en el cual las regulaciones parecen haber
sido superadas, nuevamente, por las prácticas que se imponen en el mercado. Sectores
como el transporte, el turismo o el f‌inanciero, que se caracterizan por estar intervenidos
por los Estados, dan cuenta de ello.

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