Ley 1477 de 2011, por medio de la cual se rinde honores a la memoria de la actriz Fanny Mikey. - 27 de Julio de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 308325566

Ley 1477 de 2011, por medio de la cual se rinde honores a la memoria de la actriz Fanny Mikey.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín48143
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVII No. 48.143 Edición de 16 páginas Bogotá, D. C., miércoles, 27 de julio de 2011 I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
Vea Índice de Licitaciones en la última página
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DIARIO OFICIAL
El
L I C I T A C I O N E S
Libertad y Orden
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Honores. La República de Colombia exalta la memoria
de la actriz Fanny Elisa Mikey Orlanszky al cumplirse el primer año
de su fallecimiento, acaecido el 16 de agosto del año 2008, quien fuera
emblema de las artes escénicas de la Nación, creadora de la Fundación
Teatro Nacional, fundadora de la Corporación Festival Iberoamericano
de Teatro de Bogotá, gestora de los más connotados eventos culturales en
la historia reciente del país, curadora de las novedosas propuestas de las
nuevas generaciones de dramaturgos, directores, actores, escenógrafos,
vestuaristas, sonidistas y luminotécnicos, a quienes defendió e impulsó
decididamente, desarrollando una vigorosa labor en favor del crecimiento
del movimiento teatral.
Artículo 2°. Escultura. Como homenaje a su memoria, se autoriza a la
Nación contratar un escultor para que realice una pieza de arte moderno,
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será puesta frente al Teatro Nacional de la Castellana. Esta escultura será
encargada a un escultor colombiano, escogido con base en un concurso
de méritos que abrirá el Ministerio de Cultura para tal efecto.
Artículo 3°. Programa Nacional de Estímulos. Autorícese al Ministerio
de Cultura, para que su convocatoria anual dentro del Programa Nacional
de Estímulos, en la modalidad de “gestión cultural”, sea denominada “Fan-
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connotada actriz y gestora cultural, así como los demás reconocimientos
a sus ganadores que estime el Ministerio de Cultura.
Artículo 4°. Divulgación del Festival Iberoamericano de Teatro de
Bogotá. Autorícese a la Comisión Nacional de Televisión a incluir dentro
de su presupuesto anual, las partidas indispensables para la realización de
programas de promoción del Festival Iberoamericano de Teatro de Bogotá.
Esta partida en caso tal de ser tramitada y aprobada, podrá ser manejada
a través de un canal regional y como un evento especial para ser ejecutado
cada dos años.
Artículo 5°. Edición de obras teatrales. Autorícese al Ministerio de
Cultura para contratar la edición de las obras teatrales que dirigió la señora
Fanny Mikey, con destino a las entidades de formación y promoción teatral,
acompañadas de la biografía de la actriz, la cual podrá ser realizada por un
experto escogido por esa misma Entidad mediante concurso de méritos.
Artículo 6°. Emisión de estampilla. Autorícese al Gobierno para la emi-
sión de una estampilla que deberá estar en circulación por los mismos días
que se celebra la Décima Segunda versión del Festival Iberoamericano de
Teatro de Bogotá, con la siguiente leyenda: “Fanny Mikey, un acto de fe”.
Artículo 7°. Programa de becas. Autorícese al Icetex para crear un
programa de becas que se denominará “Becas Fanny Mikey” para pro-
mover estudios superiores en el país y en el exterior, de formación de
dramaturgos, directores, actores, escenógrafos, vestuaristas, sonidistas y
luminotécnicos.
El Icetex reglamentará este programa de becas.
Artículo 8°. Documental institucional. Autorícese a la Radio Televisión
Nacional de Colombia (RTVC) para realizar un documental institucional,
el cual recogerá la historia de la vida y obra de la destacada actriz Fanny
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Artículo 9°. Autorización para apropiación de partidas presupuestales.
Autorícese al Gobierno Nacional para apropiar las partidas necesarias a
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Artículo 10. Vigencia y derogatorias. Esta ley rige a partir de la fecha
de su promulgación y deroga todas aquellas que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Armando Benedetti Villaneda.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Carlos Alberto Zuluaga Díaz.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Diego Molano Vega.
La Ministra de Cultura,
Mariana Garcés Córdoba.
PODER PÚBLICO – RAMA LEGISLATIVA
LEY 1477 DE 2011
(julio 27)
por medio de la cual se rinde honores a la memoria de la actriz Fanny Mikey.

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