Resolución número 281 de 2007, por la cual se ordena la reapertura del proceso liquidatorio de la Asociación Mutual para el Buen Vivir de Argelia ESS Ampebiv Ltda. Liquidada, y se dictan otras disposiciones. - 28 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50298210

Resolución número 281 de 2007, por la cual se ordena la reapertura del proceso liquidatorio de la Asociación Mutual para el Buen Vivir de Argelia ESS Ampebiv Ltda. Liquidada, y se dictan otras disposiciones.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín46584

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren la Ley 715 de 2001, en concordancia con el Decreto-ley numero 663 de 1993, la Ley 510 de 1999 y el articulo 55 del Decreto 2211 de 2004, y CONSIDERANDO:

  1. Que la Asociacion Mutual para el Buen Vivir de Argelia ESS, Ampebiv hoy liquidada, fue intervenida forzosamente para su liquidacion mediante Resolucion numero 1791 del 4 de septiembre de 2001, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud.

    2. Que mediante Resolucion numero 2314 del 22 de octubre de 2001, la Superintendencia Nacional de Salud designo como Agente Liquidadora a la doctora Ana Milena Velasco Muñoz.

  2. Que la Agente Liquidadora ordeno el cierre del mismo y la consecuente terminacion de la existencia legal mediante Resolucion numero 04 del 21 de mayo de 2003.

  3. Que el Juzgado Quinto Civil Municipal de la ciudad de Popayan informo a la Agente Liquidadora de la existencia de dos titulos judiciales a favor de la Asociacion Mutual para el Buen Vivir de Argelia ESS, Ampebiv Liquidada, por valor de $62.874.822.00.

  4. Que la ex liquidadora solicito a la Superintendencia Nacional de Salud la reapertura del proceso liquidatorio, con fundamento en el articulo 55 del Decreto 2211 de 2004.

  5. Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante oficios dirigidos al Juez Quinto Civil Municipal de Popayan (NURC 8008-1-167778 del 19 de mayo de 2006) y a la ex agente liquidadora (NURC 8008-1-167778 del 22 de junio de 2006), comunico la decision de no autorizar la reapertura del proceso liquidatorio de la Asociacion Mutual para el Buen Vivir de Argelia ESS, Ampevib Liquidada, y, en su lugar, sugerir la posibilidad de ordenar el giro de esos recursos a los prestadores de servicios de salud reconocidos en el proceso liquidatorio.

  6. Que mediante comunicacion radicada con NURC 8008-1-167778...

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