Reconocimiento jurídico de las entidades religiosas en el derecho colombiano: análisis crítico de la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa - Núm. 21-1, Junio 2012 - Revista Dikaion - Libros y Revistas - VLEX 826060881

Reconocimiento jurídico de las entidades religiosas en el derecho colombiano: análisis crítico de la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa

AutorVicente Prieto
CargoDoctor en Derecho Canónico; profesor de Derecho Eclesiástico del Estado, Universidad de La Sabana, Chía, Colombia. vicente.prieto@unisabana.edu.co
Páginas285-314
AÑO 26 - VOL. 21 NÚM. 1 - CHÍA, COLOMBIA - JUNIO 2012
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RECONOCIMIENTO JURÍDICO DE LAS ENTIDADES RELIGIOSAS EN EL DERECHO COLOMBIANO: ANÁLISIS CRÍTICO...
Recibido: 2012-04-18, Aprobado: 2012-05-22
DÍKAION, ISSN 0120-8942, AÑO 26 - VOL. 21 NÚM 1 - 285-314 - CHÍA, COLOMBIA - JUNIO 2012
RECONOCIMIENTO JURÍDICO
DE LAS ENTIDADES
RELIGIOSAS EN EL DERECHO
COLOMBIANO: ANÁLISIS
CRÍTICO DE LA LEY
ESTATUTARIA DE LIBERTAD
RELIGIOSA
*
Doctor en Derecho Canónico; profesor de Derecho Eclesiástico del Estado, Universidad
de La Sabana, Chía, Colombia.
vicente.prieto@unisabana.edu.co
VICENTE PRIETO*
LEGAL RECOGNITION OF RELIGIOUS
INSTITUTIONS UNDER COLOMBIAN LAW:
A CRITICAL ANALYSIS OF THE STATUTORY
LAW ON RELIGIOUS FREEDOM
RECONHECIMENTO JURÍDICO DAS
ENTIDADES RELIGIOSAS NO DIREITO COLOMBIANO:
ANÁLISE CRÍTICA DA LEI ESTATUTÁRIA DE
LIBERDADE RELIGIOSA
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DÍKAION - ISSN 0120-8942
VICENTE PRIETO
La Constitución colombiana de 1991, junto con la Ley Estatutaria de Li-
bertad Religiosa (1994), constituyen el punto de referencia primero y prin-
cipal en el tratamiento jurídico civil del factor religioso. El desarrollo de los
principios de libertad religiosa, laicidad, igualdad y cooperación ha inci-
dido directamente en el régimen jurídico de las iglesias y de sus entes. Se
creó, en efecto, un nuevo tipo de personalidad jurídica para las iglesias y
confesiones, y el correspondiente registro, con la posibilidad de celebrar
convenios o pactos de Derecho público con el Estado colombiano. Al mismo
tiempo, en aplicación del Concordato con la Santa Sede (1973) se mantuvo
el reconocimiento específico de la Iglesia católica y de sus entidades. Las
distintas posibilidades de configuración jurídica pueden plantear inquie-
tudes desde el punto de vista del principio de igualdad. Más profunda-
mente, llevan a considerar el sentido y alcance de las distintas formas de
personificación previstas por el ordenamiento, y su carácter instrumental
al servicio de la libertad religiosa. De este modo se pretende superar las
visiones excesivamente formalistas y subrayar el necesario equilibrio que
debe existir entre realidad social, juridicidad originaria (derechos huma-
nos) y formalización jurídico-positiva. Se proponen finalmente, teniendo
en cuenta la experiencia de otros países, algunos posibles cambios en la
Ley Estatutaria de Libertad Religiosa.
Palabras clave
Libertad religiosa, persona jurídica, igualdad, cooperación, convenios con enti-
dades religiosas.
RESUMEN

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