Reflexiones finales sobre el enfoque diferencial en el marco del constitucionalismo progresista
Autor | Edimer Leonardo Latorre Iglesias/Jackeline Saravia Caballero/Marlenny Díaz Cano/Andrea Carolina Rodríguez |
Páginas | 77-99 |
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CAPÍTU LO 4
REFLEXIONES FINALES SOBRE
EL ENFOQUE DIFERENCIAL EN EL
MARCO DEL CONSTITUCIONALISMO
PROGRESISTA
4.1. Diversos ámbitos del enfoque diferencial
A pesar de que este concepto se ha trabajado anteriormente,
analizaremos cómo el enfoque diferencial se ha logrado
ha construido y dinamizado la Corte Constitucional.
Sobre el concepto del enfoque diferencial, al respecto la
ACNUR ha expresado lo siguiente:
El enfoque diferencial, “busca v isibiliza r
de protección y restauración de los derechos
riesgos de protección de cada grupo y desarr ollar
herramientas para dar soluciones, promover la
participación equitativa y pla near y ejecutar
sistemáticas para la ga rantía del goce efectivo de
los derechos de los diferentes grupos poblacionales”
(ACNUR, 200 8).
Sabemos que el enfoque diferencial se determina de
acuerdo a características especiales tales como género,
edad, etnia o condición de discapacidad, por lo que las
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LITIGIO ES TRUCTURAL EN AM ÉRICA LATINA:
GÉNESI S Y TENDENCIAS DE L CONSTITUCIONA LISMO PROGRESI STA
medidas adoptadas para garantizar el goce efectivo de sus derechos deben
se encuentran en la situación problemática del desplazamiento forzado,
ostentan un elemento diferenciador que hace que sus necesidades sean sa-
tisfechas por parámetros diferentes.
De esta manera, vemos como en el marco del proceso de seguimiento
a la sentencia T 025/04, La Corte Constitucional y La Sala Especial de
Seguimiento ha impartido órdenes al Gobierno Nacional a través de la
emisión de diversos autos dirigidos a realizar acciones que protejan y sal-
vaguarden los derechos de grupos especiales dentro de la comunidad des-
plazada tales como mujeres, adultos mayores, niños, niñas y adolescentes,
indígenas, afrocolombianos y personas con algún tipo de discapacidad.
A continuación, se explicarán los lineamientos planteados por la Corte
Constitucional para incluir el enfoque diferencial para los grupos señala-
dos anteriormente y las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en
cumplimiento de las obligaciones encomendadas.
4.2. Enfoque diferencial de género
-
gresiones graves y reiteradas a los derechos fundamentales de las mujeres
víctimas del desplazamiento forzado, a pesar de que este grupo ostenta
una protección especial y reforzada enmarcada en los preceptos constitu-
cionales y las normas internacionales adoptadas por el Estado colombiano.
Asimismo, tales violaciones han generado un mayor grado de exposición a
riesgos a esta comunidad por lo que se hace necesario que las medidas im-
plementadas en la política de atención a la población desplazada incluyan
un enfoque diferencial de género.
Es por ello que con la expedición del Auto 092 de 2008, la Corte Cons-
titucional pretendió amparar los derechos fundamentales de las mujeres
víctimas del desplazamiento forzado mediante la ejecución de medidas
idóneas para neutralizar los riesgos inminentes a los que se encuentran
Colombia. En este sentido, esta Corporación reconoció diez riesgos que
generan vulnerabilidad en la población femenina desplazada, tales como:
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