Régimen jurídico y efectos de la declaratoria de invalidez de los contratos públicos en España - Núm. 25, Enero 2021 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 853636666

Régimen jurídico y efectos de la declaratoria de invalidez de los contratos públicos en España

AutorMarta Franch I Saguer
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 25, PRIMER SEM EST RE/ 2021, PP. 175-212
Régimen jurídico y
efectos de la declaratoria
de invalidez de los
contratos públicos
en España
MARTA FR ANC H I SA GU ER1
RESUMEN
El artículo explora el régimen jurídico de la declaratoria de invalidez y de los
efectos de la nulidad y anulabilidad de los contratos del sector público en Es-
paña. Bajo el derecho español, la invalidez puede derivar de infracciones tanto
del ordenamiento civil como del ordenamiento administrativo, y las conse-
cuencias de su declaración comportan la nulidad o anulabilidad del acto. La
materia de los contratos públicos registra una marcada influencia del derecho
europeo, por lo que el presente trabajo examina también la forma en que las
diferentes directivas europeas, entre ellas las de recursos, y la jurisprudencia
del Tribunal de Justicia de la Unión europea modulan el régimen contractual
nacional en materia de nulidades.
Palabras clave: contratos públicos, invalidez, nulidad absoluta, anulabilidad,
efectos de la invalidez contractual.
1 Doctora en Derecho por la Universidad de Barcelona, Barcelona, España. Profesora de
Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Barcelona, Barcelona, España.
Correo-e: Marta.Franch@uab.cat. Enlace ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6768-0416.
Fecha de recepción: 18 de agosto de 2020. Fecha de modificación: 20 de septiembre de
2020. Fecha de aceptación: 30 de septiembre de 2020. Para citar el artículo: FRANCH I
SAGUER, MARTA, “Régimen jurídico y efectos de la declaratoria de invalidez de los contra-
tos públicos en España”, Revista digital de Derecho Administrativo, Universidad Externado de
Colombia, n.º 25, 2021, pp. 175-212. DOI: https://doi.org/10.18601/21452946.n25.06.
176
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 25, PRIMER SEM EST RE/ 2021, PP. 175-212
Marta Franch i Saguer
Legal Regime and Effects of the Declaration of
Invalidity of Public Contracts in Spain
ABSTRACT
This paper explores the legal regime of the declaration of invalidity and the
effects of the nullity and voidability of public contracts in Spain. Under Span-
ish Law, the invalidity of contracts can derive from violations of both civil and
administrative law. The consequences of the declaration of invalidity involve
the absolute or relative nullity of the legal act. Due to the fact that the subject
of Public Procurement is significantly influenced by European Law, the pres-
ent work also examines the means by which different European directives,
such as the one regulating resources, and the jurisprudence of the Court of
Justice of the European Union, determine the Spanish regime of nullities in
public contracts.
Keywords: Public Procurement, Legal Invalidity, Absolute Nullity, Relative
Nullity, Effects of Contractual Invalidity.
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo trata sobre las causas de invalidez de los contratos y de
las consecuencias que tienen la declaración de nulidad y la anulabilidad de los
mismos, así como los efectos que provocan. El estudio de este tema, dentro
de la contratación y a través de numerosos ejemplos, nos llevará a concretar
el régimen jurídico y las consecuencias de la invalidez en materia de contra-
tación pública.
Conviene advertir al lector que el derecho europeo es de especial relevan-
cia en la regulación de cada Estado miembro, sobre todo por el respeto a lo
dispuesto en sus diferentes directivas. Entre estas encontramos la Directiva
2007/66/CE, que obliga a los Estados a establecer procedimientos de recur-
sos en materia de adjudicación de contratos públicos. Esta obligación supone
para España una revolución en materia de control de la contratación pública.
En el derecho español, la invalidez de los contratos viene determinada
por dos factores. El primero consiste en que la nulidad y la anulabilidad están
basados tanto en causas de derecho civil como en causas del derecho adminis-
trativo, y el segundo, en que la invalidez afecta tanto a los contratos públicos
como a los privados que realicen los diferentes poderes adjudicadores. Como
demostraremos a lo largo de este trabajo, la invalidez tiene especial trascen-
dencia para la contratación pública, así como los efectos que produce y la
reparación de los mismos. Advertimos también que, debido a la extensión del
trabajo y sobre todo a las particularidades existentes en el régimen jurídico
de la invalidez, habrá temas que serán tratados de forma general, en cuanto
guarden relación con el objetivo aquí propuesto.
177
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 25, PRIMER SEM EST RE/ 2021, PP. 175-212
Régimen jurídico y efectos de la declaratoria de invalidez de los contratos públicos en España
1. EL DERECHO EUROPEO EN MATERIA DE CONTRATOS
El derecho de la contratación pública ha sufrido enormes cambios en los últimos
años, que se han debido, en gran medida, a la incorporación de nuevas direc-
tivas al ordenamiento español y a la aplicación de la jurisprudencia europea,
contenida tanto en condenas a Estados que han incumplido la transposición
de las mismas, como en recomendaciones dirigidas y/o aplicables a España.
La normativa vigente en la actualidad está compuesta por las siguientes
directivas:
– Directiva 2014/23/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión.
– Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Direc-
tiva 2004/18/CE.
– Directiva 2014/25/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los
sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y por la
que se deroga la Directiva 2004/17/CE.
Todas ellas fueron publicadas en el DOUE de 28 de marzo de 2014 y debían
transponerse antes del 18 de abril de 2016[2]. España sin embargo las transpuso
tarde, a través de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las direc-
tivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Durante el periodo entre abril de 2016
y noviembre de 2018 se aplicaron directamente las directivas por falta de
transposición.
La Comisión Europea decidió llevar a España, junto con otros países miem-
bros de la UE, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por este
grave incumplimiento en la transposición de las directivas. El TJUE3 sentó el
principio según el cual los Estados miembros son responsables de los daños
sufridos por los particulares a causa de no haber incorporado una directiva que
puede ser invocada por ellos, sin que sea necesario que dichas disposiciones
tengan efecto directo sobre los mismos. Las tres directivas modifican de for-
ma importante la situación del régimen contractual anterior a las mismas. En
este trabajo nos vamos a referir fundamentalmente a las dos primeras, ya que
la última cubre sectores específicos.
Además de las directivas mencionadas, debemos referirnos también a la Di-
rectiva 2007/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre
2 La excepción a este plazo es la de la parte correspondiente a la incorporación del uso
obligatorio de medios electrónicos en la contratación
3 Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia de 19 de noviembre de 1991, asuntos
acumulados C-6/90 y C-9/90, Rec. 1991-I 5403.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR