Régimen Sancionatorio en Materia de Precios de Transferencia - Precios de transferencia - Libros y Revistas - VLEX 875553172

Régimen Sancionatorio en Materia de Precios de Transferencia

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Karina Andrea Becerra Martínez
Páginas77-85
Régimen Sancionatorio en materia de Precios de Transferencia 77
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con vinculados económicos, cuando estos incumplan, corrijan, omitan o presenten inconsistencias en las
obligaciones formales establecidas.
Las sanciones aplicables a las obligaciones de Precios de Transferencia se encuentran establecidas en los
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4.1 ¿CUÁLES SON LAS SANCIONES APLICABLES A LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA
INFORME LOCAL INFORME MAESTRO?
1. Sanción por extemporaneidad. La presentación extemporánea de la documentación comprobatoria dará
lugar a una sanción por extemporaneidad, la cual se determinará de la siguiente manera:
a) Presentación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar
la documentación comprobatoria: la presentación extemporánea de la documentación comprobatoria
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para su presentación, dará lugar
a una sanción del cero punto cero cinco por ciento (0.05%) del valor total de las operaciones sujetas a
documentar, sin que dicha sanción exceda la suma equivalente a cuatrocientas diecisiete (417) UVT.
b) Presentación con posterioridad a los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para
presentar la documentación comprobatoria: la presentación extemporánea de la documentación
comprobatoria con posterioridad a los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para
su presentación, dará lugar a una sanción del cero punto dos por ciento (0.2%) del valor total de
las operaciones sujetas a documentar, por cada mes o fracción de mes calendario de retardo en la
presentación de la documentación, sin que dicha sanción exceda por cada mes o fracción de mes la
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La sanción total resultante de la aplicación de este literal no excederá la suma equivalente a veinte mil
(20.000) UVT.
2. Sanción por inconsistencias en la documentación comprobatoria. Cuando la documentación
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CAPÍTULO
Régimen sancionatorio en materia
de Precios de Transferencia

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