Registro sindical - Sindicatos - Prácticos vLex - VLEX 573442550

Registro sindical

Es una obligación del sindicato inscribirse en el registro del Ministerio del Trabajo, de acuerdo con lo señalado en el art. 365 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

En efecto, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la asamblea que dio origen al sindicato (denominada asamblea de fundación o asamblea de constitución) se debe presentar solicitud escrita de inscripción en el registro sindical, anexando los siguientes documentos:

  • Copia del acta de fundación, suscrita por los integrantes indicando el número de documento de identidad.
  • Nómina de la junta directiva con su correspondiente documento de identidad y copia del acta de elección de la junta directiva. Si esta elección se realizó en una reunión aparte a la constitutiva deben firmar de nuevo todos los miembros de la asamblea fundacional con el número de identificación.
  • Una copia de los estatutos y copia del acta de la asamblea en que fueron aprobados los mismos. El ejemplar de los estatutos debe venir con la autenticación del secretario de la junta directiva.

Una vez el Ministerio de Trabajo recibe la solicitud de inscripción, dispone de quince (15) días hábiles para admitir, objetar o negar la inscripción. En caso de admitir pues se procederá a inscribir y a emitir el número de registro. En caso de que la solicitud no reúna los requisitos del art. 365 del CST, el Ministerio deberá formular por escrito las objeciones que considere dándole al sindicato un tiempo para que realice las modificaciones o correcciones necesarias (por ejemplo, faltaron firmas, no se anexo una copia de los estatutos, etc). El Ministerio podrá negar la inscripción únicamente cuando los estatutos sean contrarios a la Constitución o la Ley, y cuando el sindicato se haya constituido con un número inferior a 25 trabajadores.

En el evento en que no se haya inscrito aún, por las objeciones presentadas por el Ministerio, éste dispone de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud ya modificada o corregida por parte del sindicato, para...

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