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Registro Sindical

Registro Sindical
Constitución del sindicato
Dentro de los 5 días hábiles siguientes presentar solicitud escrita de inscripción en el
Registro Sindical,
(Art 365 C. S del T)
Presentar:
Copia del acta de fundación, suscrita por los integrantes indicando el número de documento de
identidad
Nómina de la junta directiva con su correspondiente documento de identidad y copia del acta de
elección de la junta directiva. Si esta elección se realizó en una reunión aparte a la constitutiva
deben firmar de nuevo todos los miembros de la asamblea fundacional con el numero de
identificacion.
Una copia de los estatutos y copia del acta de la asamblea en que fueron aprobados los mismos. El
ejemplar de los estatutos debe venir con la autenticación del secretario de la junta directiva.
15 días hábiles
El Ministerio de Trabajo recibe la solicitud de
inscripción y puede
(Art 366 C. S del T)
objetar
Debe formular por escrito las definiciones, explicandolas y dándole un
tiempo para que realice modificaciones o correcciones
El sindicato corrige, modifica
10 días hábiles
El Ministerio del Trabajo RESUELVE e INSCRIBE
Si no resuelve en el término de 10 días quedará inscrito automáticamente y
hará incurrir al funcionario en mala conducta sancionable
Negar
Admitir
Se procede a la
inscripción

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