Reglamento Interno de Trabajo - Derecho individual del trabajo - Libros y Revistas - VLEX 829680177

Reglamento Interno de Trabajo

AutorMónica Patricia Rodríguez Ronderos
Cargo del AutorAbogada de la Universidad del Rosario
Páginas297-312
297
Capítulo XI
Reglamento Interno de Trabajo
Mónica Patricia Rodríguez Ronderos*
Introducción
El Reglamento Interno de Trabajo () es aquel conjunto de normas,
impersonal y estable, objetivo e interno, el cual determina las condiciones
a las cuales, tanto los trabajadores como el empleador, deben sujetarse
durante la vigencia de la relación laboral1. Las disposiciones en él consa-
gradas hacen parte del contrato individual de trabajo y, por ende, son de
obligatorio cumplimiento.
El objetivo del Reglamento Interno de Trabajo tiene un n funda-
mental al interior de la organización: procurar la paz, la seguridad y la
solidaridad, que como bien lo ha señalado la jurisprudencia nacional2
son factores indispensables a la actividad laboral y dignidad humana en
el proceso productivo de las empresas.
Debido al desarrollo jurisprudencial de los últimos años y las obliga-
ciones que han surgido a cargo de los empleadores, es importante destacar
la gran relevancia de este instrumento dentro de las organizaciones.
* Abogada de la Universidad del Rosario. Experta en Recursos Humanos y Administración de
Empresas de la Universidad Complutense de Madrid (España). Especialista en Derecho Laboral y
Relaciones Industriales de la Universidad Externado de Colombia. Autora de un artículo indexado
en Scopus. Consultora para empresas en el área de Recursos Humanos y Derecho Laboral.
1 Ver artículos 104 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
2 Sala de Casación Laboral, Sentencia del 11 de diciembre de 1980, radicación 6199, M.P.
César Ayerbe Chaux.
Derecho individual del trabajo
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1. Generalidades
La obligatoriedad o no de tener un Reglamento Interno de Trabajo por
parte del empleador depende de la naturaleza de la empresa y del número
de empleados que esta tenga vinculados de manera permanente, así: las
empresas comerciales de más de cinco trabajadores, las empresas indus-
triales con más de diez trabajadores y las empresas agrícolas, ganaderas o
forestales de más de 20 trabajadores deberán contar con un Reglamento
Interno de Trabajo.
Las normas en él consagradas no pueden desmejorar las condiciones
establecidas en las normas laborales, contratos individuales de trabajo,
convenciones o pactos colectivos de trabajo o fallos arbitrales, en cuyo
caso serían inecaces; por ejemplo, en cuanto a jornada máxima legal
permitida, salario, sanciones, o condiciones generales de empleo.
ñala que el Reglamento Interno de Trabajo no puede contener normas
de orden meramente técnico o administrativo, ni normas diferentes a las
relacionadas en el artículo 108 del mismo Código, el cual señala de manera
particular los puntos que deberá contener el mismo. En este, se pueden
establecer sanciones de tipo disciplinario, las cuales sin embargo tienen
las siguientes limitaciones:
No pueden consistir en penas corporales o medidas lesivas a la
dignidad del trabajador.
Si la sanción se trata de una suspensión, esta no puede exceder
de ocho (8) días la primera vez ni de dos (2) meses en caso de
reincidencia.
Si la sanción se trata de multas, estas únicamente proceden en
caso de retrasos o faltas al trabajo sin causa suciente y no podrán
exceder de la quinta parte del salario de un (1) día, debiéndose
dedicar los valores por este concepto recaudados para regalos o
premios de los trabajadores.
Esta facultad de imponer sanciones por parte del empleador es una de
las consecuencias más evidentes de la subordinación a la cual se encuentra
sujeto el trabajador; por ende, resulta de especial importancia la obligación
de incluir dentro del Reglamento Interno de Trabajo el procedimiento

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