Reglas especiales relativas a la curaduría del disipador - De las personas - Ley 84 de 26 de mayo de 1873 - Codigo Civil concordado. Segunda Edición - Libros y Revistas - VLEX 729885833

Reglas especiales relativas a la curaduría del disipador

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas161-164

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ARTÍCULOS 531 AL 544. (Artículos derogados por el artículo 119 de la Ley 1306 de 5 de junio de 2009).

• Ley 1306 de 5 de junio de 2009:

ARTÍCULO 25. INTERDICCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL

ABSOLUTA. La interdicción de las personas con discapacidad mental absoluta es también

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una medida de restablecimiento de los derechos del discapacitado y, en consecuencia, cualquier persona podrá solicitarla.

Tienen el deber de provocar la interdicción:

  1. El cónyuge o compañero o compañera permanente y los parientes consanguíneos y civiles hasta el tercer grado (3).

  2. Los Directores de clínicas y establecimientos de tratamiento psiquiátrico y terapéutico, respecto de los pacientes que se encuentren internados en el establecimiento.

  3. El Defensor de Familia del lugar de residencia de la persona con discapacidad mental absoluta; y,

  4. El Ministerio Público del lugar de residencia de la persona con discapacidad mental absoluta.

    PARÁGRAFO. Los parientes que, sin causa justificativa, no cumplan con el deber de provocar la interdicción y, de ello, se deriven perjuicios a la persona o al patrimonio de la persona con discapacidad mental absoluta, serán indignos para heredarlo; los Directores de establecimientos y los funcionarios públicos incurrirán en causal de mala conducta.

    ARTÍCULO 26. PATRIA POTESTAD PRORROGADA. Los padres, el Defensor de Familia o el Ministerio Público deberán pedir la interdicción de la persona con discapacidad mental absoluta, una vez este haya llegado a la pubertad y, en todo caso, antes de la mayoría de edad. La interdicción no tiene otra consecuencia que mantener a este adolescente como incapaz absoluto y permitir que opere la prórroga legal de la patria potestad, al cumplimiento de la mayoría de edad.

    El Juez impondrá a los padres de la persona con discapacidad mental absoluta las obligaciones y recomendaciones de cuidado personal que impondría a los curadores y, si lo considera conveniente o lo solicita el Defensor de Familia, exigirá la presentación de cuentas e informes anuales de que tratan los artículos 108 a 111 de esta ley.

    PARÁGRAFO. La patria potestad prorrogada termina:

  5. Por la muerte de los padres.

  6. Por rehabilitación del interdicto.

  7. Por matrimonio o unión marital de hecho declarada de la persona con discapacidad;

    y,

  8. Por las causales de emancipación judicial.

    ARTÍCULO 27. INTERDICCIÓN PROVISORIA. Mientras se decide la causa, el Juez de Familia podrá decretar la interdicción...

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