La regulación del auditor - La regulación del auditor - Revisoría fiscal - Libros y Revistas - VLEX 862817453

La regulación del auditor

AutorSamuel A. Mantilla B.
Páginas517-537
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P V - L   
El contexto1
En la búsqueda de resolver problemas y encontrar soluciones efectivas para la regu-
lación del auditor en Colombia, es importante antes que nada tener claro el contexto
en que ello se da. Principalmente, las diferencias entre el enfoque generalizante que
todavía predomina en América Latina en contraste con el enfoque especializado que
caracteriza a los países anglosajones.
Los cambios necesarios implican abandonar las soluciones de carácter general que
pretenden servir para todo y acoger soluciones focalizadas a la medida de los merca-
dos, según las necesidades de los usuarios.
En otras palabras, salir del predominio de lo legal/normativo (“las normas”) y acoger el
predominio de la calidad en el marco de la ley (“los estándares”).
En América Latina son cuatro los componentes que caracterizan los sistemas imperan-
tes: (1) formación universitaria generalizante, esto es, pregrados según disciplinas del
conocimiento; (2) experiencia no siempre requerida; (3) licencia o habilitación legal “de
por vida” y (4) autorización (de funcionamiento) diferente de acreditación (de calidad).
En contraste, las prácticas anglosajonas están centradas en las certicaciones profe-
sionales, cuyos nombres alternativos son acreditación, titulación, habilitación legal
o licencia para ejercer. Tales certicaciones profesionales son la sumatoria de cuatro
componentes: (1) educación, (2) experiencia, (3) examen y (4) educación continuada.
Vale la pena resaltar que en las prácticas anglosajonas existe una cierta exibilidad, la
cual permite diferenciar aspectos que son negociables y aspectos que denitivamente
no son negociables.
La educación es impartida ya sea en la universidad, mediante autoestudio, por inter-
net o a través de asociaciones profesionales. En el caso particular de la contaduría y la
auditoría, habida cuenta de que la profesión ha privilegiado más la experiencia que
la educación, hay un interrogante central y es si la capacitación y el entrenamiento
sustituyen la educación. Otras disciplinas se caracterizan porque dan más importancia
a la educación que al entrenamiento y por eso, de alguna manera, son más cientícas
o más aplicadas (ingenierías).
1 “La regulación del auditor: brecha entre la práctica del auditor internacional y el auditor”. Fue pre-
parado con base en la presentación realizada en diciembre de 2015 en el Foro de Revisoría Fiscal
con Aplicación de las NIA organizado por el Mincomercio. No constituye una transcripción de dicha
presentación y de hecho hay diferencias con la misma, aunque se hicieron todos los esfuerzos para
mantener el mensaje original. Fue publicado en Mantilla B., Samuel A. Estándares/Normas Internacio-
nales de Aseguramiento de la Información Financiera. 2.ª edición. Ediciones de la U: Bogotá, 2016, pp.
503-520.
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R  - S A. M B.
Lo que en educación no es negociable son los contenidos, los cuales son los especí-
cos de la disciplina, están previamente denidos y están respaldados por bibliografía
de referencia. En contaduría y auditoría, como hay escasez de educación, hacen falta
los referentes teóricos, los cuales han sido llenados por la experiencia y por los cuerpos
normativos. Por eso la práctica profesional “experimentada” es altamente de cumpli-
miento legal y mira por detrás del hombro a los académicos.
Con relación a la experiencia, se considera que esta puede oscilar entre uno y tres
años. Denitivamente, sin un año de experiencia, el sistema educativo no está com-
pleto. Y se considera que tres años, de tiempo completo y dedicación exclusiva, son
más que sucientes para que una persona pueda desempeñarse con las competencias
requeridas. Las profesiones más teóricas no necesitan experiencia práctica. Y las profe-
siones prácticas usan ya sea los referentes teóricos de otras disciplinas o se basan sola-
mente en la experiencia. Esta puede ser obtenida ya sea mediante trabajo de campo,
en el laboratorio, mediante práctica empresarial o trabajando en una rma.
Los exámenes, también denominados pruebas o exámenes de suciencia, han sido el
“coco” porque no siempre ha sido óptimo encontrar la prueba que de manera objeti-
va valore el conocimiento o la competencia. Algunas disciplinas son más fuertes que
otras porque sus exámenes de habilitación tienen objetividad más rigurosa. Y otras
son más débiles porque prescinden de los exámenes o porque estos son meramente
formales o memorísticos. La administración de los exámenes normalmente es nego-
ciable, esto es, puede ser directa o por delegación. Para las habilitaciones profesiona-
les, lo que no es negociable es que tienen que ser “de Estado” (no hay autoexámenes),
realizadas de manera independiente y con un alto contenido sicotécnico, esto es, lo
que se busca medir es si se tiene el conocimiento teórico necesario y si se es capaz de
aplicarlo en el mundo real o en el trabajo.
La educación continuada garantiza que tanto la educación como la experiencia per-
manezcan actualizadas y se renueven periódicamente. De alguna manera, es el reem-
plazo de estar presentando exámenes de manera periódica. Hay bastante exibilidad
en la modalidad: mediante cursos cortos, seminarios-taller, diplomados, maestrías,
doctorados, etc. Lo importante es avanzar (“hacia adelante”) y estar al tanto de los
últimos desarrollos en la disciplina. Por consiguiente, no es negociable la actualización
(en los contenidos y en las prácticas) y la renovación (horas anuales). Las profesiones
se diferencian porque tienen o no sistemas más objetivos de educación continuada y
con exigencias rigurosas de estar mostrando avances en este sentido.
Además de lo anterior, en el mundo anglosajón cualquier certicación profesional
(acreditación, titulación, habilitación legal o licencia para ejercer) implica dos elemen-
tos adicionales: (1) adherencia al Código de Ética especíco de la disciplina y (2) mem-
brecía en la asociación profesional. Sin estos elementos no es posible ejercer profesio-
nalmente.
En Colombia, esto no se ha entendido de manera clara y completa y, por efecto del
“boom” de las NIIF y de las NIA, han aparecido una serie de “certicaciones” que de

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