Regulación normativa - El principio de la planeación - Principios específicos que rigen la contratación estatal - Los principios que rigen la contratación estatal - Prácticos vLex - VLEX 590688206

Regulación normativa

El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993) fue concebida como una ley de principios orientadores de la gestión contractual del estado por oposición a la normatividad anterior, esto es, el Decreto Ley 222 de 1983, el cual era excesivamente reglamentario. En ese sentido, la Ley 80 de 1993, expresamente nominó e introdujo una regulación especial en relación con los principios que rigen la contratación estatal. Así, a propósito del intrincado régimen de derecho público y derecho privado que gobierna las relaciones jurídicas nacidas de los contratos estatales (art. 13 de la Ley 80 de 1993), conforman el espectro de directrices igual linaje de principios, los unos derivados del derecho público y los otros del derecho privado, (art. 23, ibídem), algunos de ellos con específicas manifestaciones jurídicas determinadas en forma puntual, por la ley especial que rige los contratos que celebra el estado.

No obstante lo anterior, en lo que tiene que ver con el principio de la planeación, el Estatuto General de la Contratación no lo nominó expresamente como tal, sino que se desprende de algunas de las disposiciones de la Ley, así como de la normatividad constitucional y de las reglas contenidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). (arts. 209 de la Constitución Política de Colombia, 25, 26 y 30 de la Ley 80 de 1993; art. 8 de la Ley 1150 de 2007; art. 87 del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011). Asimismo ver la sentencia del Consejo de Estado expediente No. 15324 de 29 de agosto de 2007, así como la de 3 de diciembre de 2007 expediente No. 24715 [j 1])

A grandes rasgos, el principio de la planeación hace referencia a las actividades que debe realizar la administración pública antes de adelantar un proceso de contratación, de modo tal que determine, con total precisión, entre otros: la necesidad pública a satisfacer, el objeto que quiere contratar, así como los recursos con cargo a los cuales ejecutará el contrato, todo lo cual está orientado a buscar el mejor provecho e impedir el despilfarro de recursos públicos y a lograr el cumplimiento del interés general.

En la Constitución Política encontramos los siguientes arts. a partir de los cuales se infiere el contenido del principio de la planeación:

  • Art. 209: Esta norma dispone que la actividad de la administración se encuentra al servicio del cumplimiento del interés general y para ello debe el Estado, entre otras, coordinar sus actuaciones de forma tal que su comportamiento no sea producto de la improvisación sino de la planeación.
  • Arts. 339 y 341: Contempla la Constitución en esos arts. las normas que rigen la elaboración de los planes de desarrollo (nacional y de las entidades territoriales) los cuales están conformados por una parte general y un plan de inversiones, el cual contiene el presupuesto de cada uno de los principales proyectos con las especificaciones de los recursos que se requieren para sus desarrollo.

Lo anterior se soporta en lo expresado en la Asamblea Nacional Constituyente, citado por la corte constitucional en...

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