La reincidencia en el derecho penal colombiano: análisis de la Sentencia C-181 de 2016 de la Corte Constitucional - Núm. 37, Julio 2016 - Revista de Derecho Público - Libros y Revistas - VLEX 685885141

La reincidencia en el derecho penal colombiano: análisis de la Sentencia C-181 de 2016 de la Corte Constitucional

AutorLuisa Fernanda Martínez Espinosa - Juan José Peña Cuervo - Luis Alejandro Peña Cuervo
CargoAbogada de la Universidad Santiago de Cali - Abogado de la Universidad Santiago de Cali - Abogado de la Universidad Santiago de Cali
Páginas103-124
SUMARIO
La reincidencia en el derecho penal colombiano:
análisis de la Sentencia C-181 de 2016
de la Corte Constitucional*
LUISA FERNANDA MARTÍNEZ ESPINOSA1
JUAN JOSÉ PEÑA CUERVO2
LUIS ALEJANDRO PEÑA CUERVO3
Introducción – I. LA REINCIDENCIA COMO AGRAVANTE PUNITIVO – A. La reincidencia en la doctrina penal – 1. Noción y clases de
reincidencia – 2. Posturas doctrinales frente a la reincidencia – B. Jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia sobre
la reincidencia en materia penal – II. PRINCIPIO DEL NON BIS IN IDEM EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COLOMBIANO – A. La
relación jurídica entre los principios de non bis in idem, cosa juzgada y prohibición de la doble incriminaciónB. Principio de la
prohibición de la doble punición 

 
el derecho penal colombiano: análisis de la sentencia C-181 de 2016 de la Corte Constitucional. Revista de Derecho Público,
http://dx.doi.org/10.15425/redepub.37.2016.05
 USC
Docente de tiempo completo USCUSC,
seccional Palmira.
 USC USC. Integrante del semillero de
investigación Eduardo Umaña, de la USC, seccional Palmira.
 USC). Estudiante de Maestría en Derecho de la USC. Integrante del semillero de
investigación Eduardo Umaña, de la USC, seccional Palmira.
4Rev. derecho publico No. 37 - e-ISSN 1909-7778 - julio - diciembre de 2016 - Universidad de los Andes - Facultad de Derecho
Luisa Fernanda Martínez Espinosa, Juan José Peña Cuervo y Luis Alejandro Peña Cuervo
Introducción
La reincidencia en el derecho penal ha tenido
un debate sobre su existencia y operatividad
       
desde el siglo pasado hasta la actualidad, en
diversos Estados europeos y latinoamerica-
nos —Italia, España, Argentina, Brasil, Chile,
      
  
dudas sobre su concordancia semántica con
algunos principios del derecho penal como
son: el principio de legalidad, el principio de
culpabilidad, el principio del non bis in idem, el
principio de derecho penal de acto, entre otros.
Pero cuando estos principios se incorporan en
la Constitución Política, y se consolidan como
verdaderas garantías para las personas y lími-
tes al ius puniendi4 del Estado, se pasa de un
debate netamente del derecho penal a un pro-
blema constitucional frente a la reincidencia.
La Corte Constitucional de Colombia, en su
sentencia C-181 de 2016, se cuestiona sobre
la existencia de la reincidencia en materia pe-

inconstitucionalidad por parte de un ciudada-
no contra un inciso del artículo 46 de la Ley


multa se duplicará en aquellos casos en que la
persona haya sido condenada por delito dolo-
  
años anteriores”, argumentando el actor que
dicho inciso es contrario al principio del non
bis in idem establecido en el inciso 4 del artí-

-

el mismo hecho”. En atención a ello la Corte en
esta sentencia se propone el siguiente proble-

Determinar si ¿al establecer la duplicación
   -
cidencia en delitos dolosos y preterinten-
cionales condenados dentro de los 10 años
anteriores a la comisión del nuevo delito, el
Legislador vulneró el principio constitucional
del non bis in ídem [sic], al presuntamente
establecer la posibilidad de una doble san-
ción penal a una persona por una conducta
  

La Corte Constitucional, en la misma sentencia
 -
tucionalidad del inciso demandado del artículo
-

se evidencia que la Corte en esta sentencia
realiza una argumentación con poca rigurosi-
dad teórica y con nula disertación conceptual,
a partir de la cual se permite la intromisión de
la reincidencia en la pena de multa en el de-
recho colombiano. Por lo que el problema de
investigación que surge para este artículo cien-

4. Es la facultad que tiene el Estado de declarar como punibles determinadas conductas humanas y de imponerles consecuen-


Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR